REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIVIL

ASUNTO : BP02-F-2007-000221.-
En el día de hoy, siete (07) de Abril de Dos Mil ocho (2.008), siendo las 11:00 de la mañana, fecha fijada por el Tribunal para que tenga lugar el Acto de Contestación a la demanda, se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal bajo las formalidades de Ley, por el Alguacil del mismo y abierto dicho Acto no compareció la parte demandante ni por si ni por medio de apoderados judicial. Asimismo no compareció la parte demandada. Se deja constancia de la comparecencia de la Fiscal Auxiliar Décimo Quinto del Ministerio Público. Por cuanto no compareció la parte demandante este Tribunal declara Extinguida la presente causa de Divorcio propuesto por la ciudadana YDREN ZULAY BENITEZ DE HERNANDEZ en contra del ciudadano WILMER JOSE HERNANDEZ LEZAMA, conforme lo establecido en el Artículo 758 del Código de Procedimiento Civil. Es todo. Terminó se leyó y conformes firman.

La Juez Suplente Especial,


Abg. Helen Palacio García


La Fiscal del Ministerio Publico



La Secretaria,