REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diez de abril de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000464
Vista la solicitud presentada por la ciudadana CANDELARIA RAMONA BRIZUELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 3.731.944, domiciliada en El Callejón Falcón Nº 8 Pueblo Ajuro El Tigre Estado Anzoátegui, donde solicita se le conceda Titulo Supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, sobre un lote de terreno municipal.- Alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa que es o fue de Belén Sifontes, midiendo (11,70mts); SUR: Callejón Falcón su frente, midiendo (17,80mts); ESTE: Casa que es o fue de Eloidio González, midiendo (29,65mts) y OESTE: Casa que es o fue de Belén Sifontes, midiendo (27mts).- Dichas bienhechurias consta de una casa de paredes de bloques de cemento, piso de cerámica, techo de zinc, acerolit con techo raso, puertas de hierro, constante de tres habitaciones, una sala comedor, una cocina, una sala de estar, un porche, dos baños, cercada de paredones de bloques de cemento.- El costo total de dichas bienhechurias s de VEINTE MIL DE BOLIVARES (Bs. 20.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana CANDELARIA RAMONA BRIZUELA, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,


Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA.,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA-
Constante de seis (06) folios útiles se devuelve original con sus resultas al solicitante.- Conste.-

LA SECRETARIA.,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA-