REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, dos de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000657
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARIA DE JESUS MARIN, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.650.255, domiciliada en Anaco Municipio anaco del estado Anzoátegui, debidamente asistida por el abogado Armando Quijada, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46748, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno ubicada en la calle Piar Nº 28, sector Viento Fresco de la Ciudad de Anaco del Estado Anzoátegui.- Dichas bienhechurias consta de una casa de dos niveles PRIMER NIVEL: Paredes de bloques de cemento frisado, piso de cemento, techo de platabanda y acerolit, tres habitaciones, una sala de recibo, una sala comedor, una sala de cocina, un porche, una sala de baño.- SEGUNDO NIVEL: Paredes de bloques de arcilla, piso de cerámica, techo de acerolit, puertas y ventanas de hierro, dos habitaciones, un baño.- Alinderada de la siguiente manera: Norte: Línea recta de (8.70mts) desde el punto (P4) de coordenadas (N-1044290) y (E-340093) hasta el punto (P3) de coordenadas (N1044291) y (E340102) con terrenos que son o fueron de Mariano Gruber hijos y sucesores que es su fondo.- SUR: Línea recta de (10,00mts) desde el punto (P1) de coordenadas (N1044268) y (E340094) hasta el punto (P2 de coordenadas (N1044270) y (E340103) con calle Piar y acera de por medio que es su frente.- ESTE: Línea recta de (21,30mts) desde el punto (P2 de coordenadas ya descritas hasta el punto (P3) de coordenadas mencionadas con terrenos con terrenos que son o fueron propiedad de Mariano Gruber hijos y sucesores y OESTE: Línea recta de (22,60mts) desde el punto (P1) de coordenadas ya descritas hasta el punto (P4) de coordenadas, igualmente identificadas con terrenos que son o fueron propiedad Mariano Gruber hijos y sucesores El valor invertido es la cantidad de NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs. 90.000) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos ANIBAL JOSE ROMERO y JOSE ALBERTO NARVAEZ SUCRE, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MARIA DE JESUS MARIN, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de seis (06) folios útiles.
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA