REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, siete de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000547
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ROSA VESTALIA BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.470.658, domiciliada en la Calle Juan Palma casa s/n, sector oficina 1, El Tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistida de abogado, donde solicita se le conceda Titulo Supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, sobre un lote de terreno municipal.- Alinderado de la siguiente manera: NORTE: Calle Juan Palma que es su frente.- SUR: Casa que es o fue de Luisa Ruiz.-ESTE: Casa que es o fue de Luzmila de Moreno y OESTE: Casa que es o fue de Daisi Ruiz.- Dichas bienhechurias consta de dos habitaciones, una sala, una cocina, un comedor, una sala de baño, un porche, un lavandero, un garaje.- El costo total de dichas bienhechurias es de CUARENTA MIL DE BOLIVARES (Bs. 40.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos NAYIB RAIDAN y JAVIER CABEZA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana ROSA VESTALIA BARRIOS, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA.,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA-
Constante de seis (06) folios útiles se devuelve original con sus resultas al solicitante.-
Conste.-
LA SECRETARIA.,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA