REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, siete de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000796
Vista la solicitud presentada por la ciudadana YILBREMAY ADILEX RODRIGUEZ PIÑERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.258.293, y domiciliado en San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre una bienhechuria en terreno municipal, consistente en una casa, ubicada en el sector Bolívar, de la ciudad de San José de Guanipa, del Estado Anzoátegui. Comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: casa de Maria de Rojas; SUR: Calle El Carmen que es su frente; ESTE: Callejón El Carmen OESTE: Construcción de Ninoska de García.- Dichas bienhechurias consisten: en una casa de paredes de bloques de cemento, techo de zinc, y platabanda, piso cerámica, constante de tres habitaciones,, dos baños, dos salas, una cocina, un comedor y un lavandero.- El valor de las mencionadas bienhechurias es de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 35.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y les DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana YILBREMAY ADILEX RODRIGUEZ PIÑERO ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA