REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, 01 de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2006-000346
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por el ciudadano MIGUEL ANGEL BASTARDO FEBRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 17.010.486 de este domicilio, asistido por la abogada LOURDES ROYETT AZACON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.622, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propiedad, en un terreno municipal, ubicado en la Calle Los Apamates casa s/n del Sector Los Chaguaramos, EL Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, el cual mide 280 metros cuadrados aproximadamente, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con Calle Los Apamates, que es su frente, midiendo 14 metros; SUR: Con casa que es o fue de Antonio Nieves, midiendo 14 metros, ESTE: Con Calle Cuatro, midiendo 20 metros, y, OESTE: Con casa que es o fue de Alberto Castillo, midiendo 20 metros.- Dichas bienhechurias se encuentran conformadas por una vivienda unifamiliar, tipo casa, de uso permanente, construida de paredes de bloques de cemento sin frisar, piso rustico, una ventana tipo basculante, una puerta metálica, instalación de aguas blancas, pozo séptico, electricidad interna y externa, techo de zinc, y esta subdividida en una habitación, un baño con sus respectivos accesorios, una cocina,.- El valor invertido es la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bsf. 4.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos SINENCIO ANTONIO BASTARDO y LEANDRO ENRIQUE VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 2.440.731 y 8.503.069, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce el ciudadano MIGUEL ANGEL BASTARDO FEBRES, plenamente identificado, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. KARELLIS C. ROJAS TORRES
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ