REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, uno de abril de dos mil ocho
197º y 149º
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano: JOSE AGUSTIN RIERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°: 3.846.869, domiciliado en: La Calle 23 norte, casa s/n del Sector Simón Rodríguez del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoategui.- En consecuencia, de la revisión exhaustiva de la presente solicitud, se observa; que las bienhechurias sobre las cuales se pretende se declare Titulo Supletorio se encuentran enclavadas en un terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicadas en el Parcelamiento Agrotécnico N°: 32 de Morichal Largo del Municipio Independencia del Estado Anzoategui, es por lo que este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para conocer la presente solicitud, según Gaceta Oficial, Septiembre 1991, Resolución 1092, Artículo 3., por lo que se acuerda declinar la presente causa al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Esta decisión se dicta Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
LA JUEZ TEMPORAL.,
Abg. KARELLIS ROJAS TORRES.-
LA SECRETARIA.,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ.
KRT
ASUNTO: BP12-S-2007-000615
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