REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.

El Tigre, diez de abril de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BH12-M-2003-000020
ASUNTO: BH12-M-2003-000020

Vista la anterior diligencia suscrita por el abogado Marcos Maestre Guada, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.188, actuando en su carácter de autos, en la cual solicita la entrega de las cantidades de dinero embargadas ejecutivamente, asimismo solicita se le expida un nuevo mandamiento de ejecución, descontándosele las cantidades ya embargadas; este Tribunal antes de proveer sobre lo solicitado hace las consideraciones siguientes:
Por cuanto se observa de las actas procesales que conforman el presente expediente, que consta resultas del mandamiento de ejecución librado por este despacho en fecha 07 de agosto de 2.007, el cual fue ejecutado por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez Guanipa y José Gregorio Monagas de esta Circunscripción Judicial, constituyéndose dicho Tribunal en el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, según consta del acta levantada por dicho Juzgado en fecha 24-09-07, en la cual practicó medida ejecutiva de embargo sobre bienes propiedad de la demandada; observándose que fue embargado ejecutivamente las cantidades de dinero que se encuentran consignadas en ese Tribunal, una por la cantidad de (Bs. 74.141.874,oo), mediante cheque de Gerencia signado con el N° 00114771, del Banco Provincial, y otra por la cantidad de (Bs. 4.859.192,oo), mediante cheque de Gerencia N° 59232203095, girado contra el Banco de Venezuela, totalizando la suma de (Bs. 79.001.066,oo); cantidades éstas sobre las cuales recaen medidas preventivas de embargo, por haberlo informado el Juez del Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, con sede en la Ciudad de El Tigre, al momento de practicarse dicha medida.- Igualmente informa dicho Tribunal que las cantidades de dineros embargadas ejecutivamente, se encuentran embargadas preventivamente mediante actas de fechas: 04-05-06 y 30-05-06, También se observa del acta levantada en comento, que dichas cantidades debieron ser remitidas al Tribunal de la causa, mediante cheque de Gerencia a nombre de ese Juzgado.- Asimismo se observa de autos, que fue recibido en este Tribunal con oficio N° 2007-1161, de fecha 02-10-07, cheque N° 00114771, de fecha 29-01-04, girado contra el Banco Provincial, por la cantidad de (Bs. 74.141.874,oo), el cual se encuentra a nombre del Juzgado del Municipio Anaco de esta misma Circunscripción Judicial, debido a esto es por lo que, este Tribunal, en consecuencia, ordena devolver el cheque al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, con sede en la Ciudad de El Tigre, a los fines de que realice las deducciones de Ley correspondiente, y una vez cumplidas estas actuaciones se sirva remitir las cantidades restantes ya deducidas, mediante cheque de Gerencia a nombre de este Juzgado.- Igualmente se acuerda oficiar al prenombrado Juzgado Laboral, a los fines de que informe a este Tribunal respecto a la cantidad embargada ejecutivamente de (Bs. 4.859.192,oo) mediante cheque de gerencia N° S9232203095, girado contra el Banco de Venezuela, cantidad ésta que no ha sido remitida hasta la presente fecha a este Tribunal.-
En cuanto a la solicitud planteada por el abogado, Marcos Maestre Guada, este Tribunal observa lo siguiente: Por cuanto el cheque embargado ejecutivamente, no se encuentra a nombre de este Juzgado, mal puede este Tribunal librar un nuevo mandamiento, por lo que una vez que conste en autos la información requerida y el cheque de gerencia a nombre del Juzgado de la causa, este Tribunal proveerá sobre el mandamiento de ejecución solicitado por las cantidades restantes.- Cúmplase lo ordenado y remítase el cheque con oficio al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, con sede en la Ciudad de El Tigre, a los fines de ley correspondientes.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. KARELLIS C. ROJAS TORRES

LA SECRETARIA

LAURA PARDO DE VELASQUEZ


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