REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-T-2007-000015

PARTE DEMANDANTE: IRMA JOSEFINA ROSAS viuda DE MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad nº 3.441.828, con domicilio en la Calle Girardot c/c Cale Royal Nº 32 de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui.-

APODERADO: HUGO RAMON REYES MARCANO, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 88.072

PARTE DEMANDADA: SEGUROS MERCANTIL, C.A, Sociedad Mercantil domiciliada en la ciudad de Caracas e inscrita originalmente en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 20 de febrero de 1974, bajo el Nº 66, Tomo 7-A, modificada en varias oportunidades, siendo la última reforma inscrita en la misma oficina de Registro Mercantil el 23 de marzo de 2006, bajo el Nº 3, Tomo 35-A PRO, Registro de Información Fiscal (R:I:F) Nº J-000901805.-

MOTIVO: DAÑOS Y PERJUICIOS.

Se inició el presente procedimiento en virtud del juicio por DAÑOS Y PERJUICIOS, incoado por la ciudadana IRMA JOSEFINA ROSAS viuda DE MARCANO, contra SEGUROS MERCANTIL, C.A..- En fecha 31 de julio de 2007, se admitió la demanda, ordenándose la citación de la parte demandada, SEGUROS MERCANTIL, C.A., conforme a los términos indicados por la parte demandante.-Mediante diligencia de fecha 18 de septiembre de 2007, el Alguacil Accidental de este Tribunal, consignó el recibo de citación debidamente firmado por el ciudadano TONY JOSE AGUILERA LOPEZ, representante de la empresa demandada, la cual se logró en fecha 18/09/07.- En fecha 19/09/07, el abogado HUGO REYES MARCAO, consignó copia certificada debidamente Registrada de la demanda.- Mediante escrito presentado en fecha 06/11/2007, el ciudadano TONY JOSE AGUILERA LOPEZ, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.906.098, actuando con el carácter de Gerente de la empresa SEGUROS MERCANTIL, C.A. parte demandada, asistido por la abogada MINEIDA RODRÍGUEZ COA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 45.593, consigno escrito de contestación de la demanda y en nombre de su representada estableció propuesta de pago a la parte demandante.-
Mediante escrito presentado en fecha 15-11-2007, el abogado HUGO REYES MARCANO, apoderado de la parte demandante aceptó la propuesta de pago, en nombre de su representada.-
Por auto de fecha 27 de marzo de 2008, la abogada KARELLIS C. ROJAS TORRES, se avocó al conocimiento de la presente causa, en virtud de haber sido designada Juez Temporal de este Despacho.-
En fecha 04 de abril de 2008, comparecieron por ante este Tribunal, la abogada MINEIDA RODRÍGUEZ COA, apoderada de la parte demandada, MERCANTIL SEGUROS, C.A., por una parte, y por la otra, la ciudadana IRMA JOSEFINA ROSAS viuda DE MARCANO, actuando en su propio nombre, asistida por el abogado HUGO RAMON REYES, parte demandante, celebraron transacción en los términos y condiciones señalados en dicho escrito, solicitaron se homologará dicha transacción.-
Ahora bien, constatadas las actuaciones cursantes en autos que la partes que celebran la transacción tienen legitimación procesal y no existiendo prohibición legal sobre esta materia, ello es suficiente para darle su aprobación.-
Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena la HOMOLOGACION DE LA TRANSACCION celebrada por las partes y procédase como en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada conforme a lo establecido en el Artículo 255 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la Ciudad de El Tigre, a los ocho días del mes de abril del año dos mil ocho.- Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL;

Abg. KARELLIS C. ROJAS TORRES

LA SECRETARIA.,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ.





En la misma fecha, siendo las tres y cinco minutos de la tarde, se publica la sentencia y se agrega al asunto Nº BP12-T-2007-000015




LA SECRETARIA,