Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2008-000266
ASUNTO: BP12-V-2008-000266
● SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
● DEMANDANTE: PRISCILIA BARRADAS DE MOLINA, asistida por el abogado LUIS ENRIQUE SOLORZANO.
● DEMANDADO: THANIA MARISOL MOGOLLON AMADO.
● MOTIVO: Desalojo
Revisada y analizada como ha sido la presente demanda, los recaudos que lo acompañan, y por cuanto del documento de arrendamiento que da origen a la presente pretensión, se desprende que el inmueble se encuentra ubicado en la Avénida 23 de Enero de San José de Guanipa, distinguida como Quinta “Manolito”, del Municipio San José de Guanipa; en virtud que este Tribunal no es competente en razón del territorio, es por lo que este Tribunal de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se Declara INCOMPETENTE y DECLINA el conocimiento del presente asunto al Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.- Désele salida y remítase con oficio al prenombrado órgano jurisdiccional.-
La Jueza.,
Dra. Arelys Morillo Sánchez.
(Suplente Especial.-
La Secretaria.,
Abg. Ilmiflor Guevara Lista.
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