REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de abril del dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO: BP02-S-2008-001546
SENTENCIA
Vista la TRANSACCION suscrita por el ciudadano JOSE ISABEL TABARES ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.633.235, debidamente asistido por la abogado MARIA JOSE REYES, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 120.537, por una parte y por la otra, la empresa CONCRETERAS CARACAS ORIENTE, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en fecha 03 de Diciembre de 1.987, bajo el No. 27, Tomo A-24, representada por el abogado JUAN BAUTISTA ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 41.889, en su carácter de apoderado judicial de la misma; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los once (11) días del mes de abril del dos mil ocho (2008).
El Juez,
Abg. Ángel G. Parra
La Secretaria,
Abg. Maria Carmona
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,
Abg. Maria Carmona
|