ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2007-001142.
PARTE ACTORA: MARIA SANCHEZ.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: NUSBELIS VARGAS PROCURADORA ESPECIAL DE TRABAJADORES.
PARTE DEMANDADA: UNIDAD EDUCATIVA MARIA ANTONIA BOLIVAR Y PALACIO.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JIMMY JAVIER ZAMORA MATA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy diecisiete de abril de dos mil ocho, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES interpusiere la ciudadana, MARIA SANCHEZ, contra de la UNIDAD EDUCATIVA MARIA ANTONIA BOLIVAR Y PALACIOS; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, aún cuando el ciudadano alguacil procedió a realizar el llamado de Ley a las partes involucradas en la presente causa, solo compareciendo el apoderado judicial de la parte demandada, abogado en ejercicio JIMMY JAVIER ZAMORA MATA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 91.100, según instrumento Poder cursante a los autos, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Cúmplase. Años 149 ° y 197 °.
El apoderado judicial de la demandada solicita copia certificada de la presente decisión, el tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado.
La Juez


Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,


Abg. Noemí Mogna P.

Seguidamente y en esta fecha se publico la anterior decisión, siendo las 11:07, a.m., conste:

La Secretaria,