REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince (15) de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: BP02-L-2008-000026.
Visto la diligencia presentada en fecha ocho (08) de abril de dos mil ocho (2008), por el ciudadano AMAURYS JOSE GONZALEZ RONDON, titular de la cedula de identidad Nro. 16.649.7747, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio GERSON CELESTINO MENESES, inscrito en el INPREABOGADO, bajo el Nro. 100.804, parte actora en el presente asunto, mediante la cual desiste del procedimiento por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesto contra la empresa CARIBEAN, C. A.., en consecuencia; este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO HECHO POR LA PARTE ACTORA. Asimismo, da por terminado el presente procedimiento y acuerda el archivo Judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.-
El Juez, La Secretaria.
Abg. Leonardo Blanco Pérez. Abg. LOURDES ROMERO.
En la misma fecha se dictó y publicó la decisión anterior, siendo las once y cuarenta y dos (11:42 a.m.) minutos de la mañana. Conste.-
La Secretaria.
. Abg. LOURDES ROMERO.