REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: BP02-L-2007-001212
Visto el escrito presentado por la Abogada CARMEN ROSA GUEVARA OCHOA, inscrita en el inpreabogado N° 65.575, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del procedimiento por Cobro de Prestaciones Sociales y Diferencias de Conceptos, interpuesto contra la empresa codemandada SUPER METAL A.M., C.A.., en consecuencia; este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO HECHO POR LA PARTE ACTORA. Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.-
El Juez,
Abg. Leonardo Blanco Pérez.
La Secretaria
Abg. Lourdes Romero.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado, siendo las doce y treinta y dos minutos de la tarde (12: 32 p.m.). Conste.-
La Secretaria
Abg. Lourdes Romero
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