REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de abril de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: BP02-L-2005-000133
Visto el escrito de Solicitud de Homologación de Transacción Laboral, que riela desde el folio ciento ochenta y siete (187) hasta el folio ciento noventa y tres (193) de la segunda pieza, presentados en fecha veintiocho (28) de marzo dos mil ocho (2008), por los Abogado en Ejercicio MAYGRED C. CABRERA R., CARLOS MORELLO y ADELICIA BETANCOURT inscritos en el Inpreabogado bajo los números 111.698, 113.571 y 69.276, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de las codemandadas CONSTRUCCIONES DRV, C. A., GRUPO ALVICA Y PETROLERA AMERIVEN y por la parte actora la Abogado en Ejercicio ANAMALIA LLOVERA., inpreabogado número 111.696, quien asiste al trabajador JOSE FRANCISCO YEGUEZ CARRERA, portador de la Cédula de Identidad número 8.322.824, en consecuencia este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la referida TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. Por razones de economía procesal se acuerda copia certificada de la presente decisión, no se da por terminado el presente Asunto en cuanto al trabajador MIGUEL ELIAS CALZADILLA MARIN, cédula de identidad número 10.290.088. Dada, firmada, sellada y refrendada, el nueve (09) de abril de dos mil ocho (2008), y así se decide.-
El Juez, La Secretaria.

Abg. Leonardo Blanco Pérez. Abg. LOURDES ROMERO
En la misma fecha se dictó y publicó la decisión anterior, siendo las diez y cinco (10:05 a.m) de la mañana. Conste.-
La Secretaria.

Abg. LOURDES ROMERO.