REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : BP02-V-2008-000642
Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana FISCAL DECIMO TERCERO DEL MINISTERIO PUBLICO de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Abg. FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, y el contenido de la misma, mediante la cual da cumplimiento con lo ordenado por este Tribunal en auto de fecha 03/04/2008; en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, Estado Anzoátegui, LA ADMITE, de conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Cuarto Literal “D”, en concordancia con el Articulo 387 EJUSDEM, y se ordena citar a la ciudadana CARMEN AMERICA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.271.803, domiciliada en Calle Juncal, Casa S/N°, Sector Guamachito, Cerca del Estadio de Guamachito, Barcelona, Estado Anzoátegui, a fin de que comparezca por ante éste Tribunal al segundo (2 do) día de Despacho siguientes a su citación, a los fines de que exponga lo que creyere conveniente en relación a la presente solicitud. Notifíquese al ciudadano JOSE MANUEL CARRASQUEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.259.327, domiciliado en el Bloque 07, Escalera 03, Apartamento 5-05, Piso 05, Ruiz Pineda Caricuao, Distrito Capital, a fin de estar presente en el Acto Conciliatorio que realizará la ciudadana Juez entre las partes. Se le advierte a las partes que en la misma oportunidad de la comparecencia de la ciudadana CARMEN AMERICA PEREZ, ya identificada, se verificara el Acto Conciliatorio a las 10:30 a.m. Líbrense las boletas respectivas.- Asimismo se acuerda la realización de un informe Integral a los ciudadanos antes mencionados, comisionándose suficientemente al Equipo Técnico de este Tribunal, líbrese oficio.- Asimismo, para .la practica de la notificación e Informe Integral, se exhorto suficientemente con facultades de sub-comisionar al TRIBUNAL DISTRIBUIDOR DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, DISTRITO CAPITAL. Asimismo, se ordeno oír la opinión de los niños: xxxxxxxxx respectivamente, de conformidad con el Articulo 80 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.- Cúmplase.
LA JUEZA UNIPERSONAL N°.02.


DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA ACC.

ABG.LISANDRA FUENTES.
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA ACC.

ABG.LISANDRA FUENTES

AJD / crc