REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2007-001361
Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de DIVORCIO 185-A, propuesta por los ciudadanos: ANTONIO RAFAEL SILVA e ISABEL CRISTINA SUBERO BARCELO, dictada por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 02, procédase a su ejecución. A los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción del presente auto y remítase con oficio una de ellas a la Prefectura del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui y otra al ciudadano Registrador Principal Estado Anzoátegui. Certifíquense por Secretaria dichas copias de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del código Civil. Asimismo, se ordena el cierre del presente Expediente, en virtud de que no hay más actuaciones que cumplir, y se ordena su remisión al Archivo Judicial. Librese oficios. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL. SALA Nº 02.
Dra. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA ACC.
Abg. LISANDRA FUENTES.
En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en el. Conste.-
LA SECRETARIA ACC.
Abg. LISANDRA FUENTES.
AJD/LETICIA C.