REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : BP02-S-2008-001674
Por recibida la anterior solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL, propuesta por la ciudadana INGRIST JOSEFINA GUZMAN SANCHEZ , Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.246.859, actuando en representación de sus hijos: xxxxxxx, debidamente asistida por la Defensora Publica Segunda de Protección del Niño y del Adolescente, Abogada ALCIRA HERRERA, todos hijos del difunto ciudadano SIXTO RAFAEL RONDON , quien era mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.183.138, fallecido el día 10 de Julio del corriente año, en el Hospital Dr. Cesar Rodríguez de esta Ciudad junto con los recaudos que en ella se mencionan, toda constante de un (01) folio útil y cuatro (04) anexos; anótese en los libros respectivos, por cuanto la misma no es contraria a derecho, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº.02 la ADMITE, y en consecuencia, a los fines de proveer sobre la presente solicitud, ORDENA: Oficiar al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia , a fin de que se sirva remitir en cheque de gerencia a nombre de la ciudadana INGRIST JOSEFINA GUZMAN SANCHEZ, ya identificada, en su carácter de representante legal del adolescente y niño, anteriormente mencionados, la CUOTA PARTE, que le pueda corresponder por concepto relativas de prestaciones sociales, seguro de vida, pensión de sobreviviente y cualquier otro derivado que le pueda corresponder por la relación de trabajo que tuvo, y que le pudiera corresponder a sus hijos el adolescente y niños ya mencionados, 1). Notifíquese a la Fiscal Undécimo del Ministerio Público.-2).Se ordena Oír a los Adolescentes, del inicio de la presente solicitud. Así mismo se INSTA a la parte interesada a consignar copia del oficio Nº 279-2008 emanado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de esta circunscripción Judicial Librese . Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02.

DRA. ANA JACINTA DURAN
LA SECRETARIA Acc.


ABG. LISANDRA FUENTES .
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA Acc.
ABG. LISANDRA FUENTES .