REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: BP02-V-2008-000621
Por recibida la anterior solicitud de RESTITUCIÓN DE GUARDA, propuesta por la Fiscal Undécima del Ministerio Público de éste Estado, Dra. CARMEN ALVIAREZ RODRIGUEZ, quien actúa en representación de la niña xxxxxxxx, junto con los recaudos que la acompaña. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. Cítese por medio de boleta a la ciudadana DELIA LAURA PLAZA, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 17.359.442, domiciliada en El Rincón, Segunda Calle, Invasión de Apartamentos San Miguel Arcángel, Edificio 04, Piso 01, Municipio Simón Bolívar, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante ésta Sala de Juicio Nº 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, acompañada de la niña xxxxxxxxxxxx, al tercer (3er) día de despacho siguiente a su citación, a las once de la mañana (11:00.a.m.) a los fines de que exponga lo que creyere conveniente con relación a la solicitud de RESTITUCION DE GUARDA. Librese boleta. Cúmplase.
La Juez Unipersonal Nº 02
Dra. Ana Jacinta Duran
La Secretaria
Abg. Farah Melissa Azocar
En la misma fecha se cumplió lo ordenado en el auto anterior. Conste.
La Secretaria
Abg. Farah Melissa Azocar
Judith