REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, Veintiuno de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: BP02-V-2008-000795
Por recibida la anterior solicitud de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, propuesta por la ciudadana Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público, Dra. Carmen Alviarez Rodríguez, actuando en representación del niño xxxxxxxxxxx junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de dieciocho (18) folios útiles. Anótese en los libros respectivos. Admítase; de conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero literal “C”, en consecuencia, cítese a los ciudadanos ALEXANDRA JOSEFINA YANCENT JARDEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.252.275, domiciliada en: la Calle Indio Mara, casa s/n, Barrio Campo Claro, Barcelona, Estado Anzoátegui y ALEXIS ANTONIO GONZALEZ QUIARO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.248.586, domiciliado en: la Calle 11, vereda 34, N° 03, Urbanización Brisas del Mar, Barcelona, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de que de contestación a la presente demanda de Responsabilidad de Crianza a favor relacionada con su hijo xxxxxxxxx. Se le advierte a ambas partes que en la misma oportunidad, se verificara el Acto Conciliatorio a las diez de la mañana (10:00 A.M), y el acto de contestación será entre las ocho y treinta minutos de la mañana y las tres y treinta minutos de la tarde (8:30 a.m. y 03:30 p.m.). Librese boleta y entréguesele al Alguacil de este Tribunal a los fines de que practique la citación de los ciudadanos ALEXANDRA JOSEFINA YANCENT JARDELL y ALEXIS ANTONIO GONZALEZ QUIARO quienes se encuentran domiciliados en esta jurisdicción.- Igualmente se ordena la práctica de un Informe Integral en los hogares y personas de los ciudadanos ALEXANDRA JOSEFINA YANCENT JARDEL y ALEXIS ANTONIO GONZALEZ QUIARO, arriba identificados, así como evaluaciones psicológicas, comisionándose para tal fin al Equipo Técnico de este Tribunal a quien se acuerda librar el oficio correspondiente.- Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/ Alicia.-