REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de abril de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-V-2008-000844
Por recibida la anterior solicitud de GUARDA y CUSTODIA, propuesta por la ciudadana Fiscal Undécimo del Ministerio Público, Dra. CARMEN ALVIAREZ RODRIGUEZ, actuando en representación del niño xxxxxxxxx, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de veintiocho (28) folios útiles. Anótese en los libros respectivos. Admítase; de conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero literal “C”, en consecuencia, cítese a los ciudadanos LILIAN MARIA MARTINEZ DIAZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 21.388.976 domiciliada en la Calle La Línea Barrio Colinas del Esfuerzo, casa s7n, Barcelona, Estado Anzoátegui, y MANUEL ANTONIO FUENTES MAITA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 14.911.909, domiciliado en la Calle Principal, colinas de SANTO Domingo N° 32-1, Vía Alterna, Barcelona, Estado Anzoátegui para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a objeto de dar contestación a la presente demanda. Se le advierte a ambas partes que en la misma oportunidad, se verificara el Acto Conciliatorio a las diez de la mañana (10:00 A.M), y el acto de contestación será entre las ocho y treinta minutos de la mañana y las tres y treinta minutos de la tarde (8:30 a.m. y 03:30 p.m.). Librese boleta de citación y entréguemele al Alguacil de este Tribunal a los fines de que practique la citación de los ciudadanos LILIAN MARIA MARTINEZ DIAZ y MANUEL ANTONIO FUENTES MAITA, quien se encuentra domiciliado en esa jurisdicción.- Asimismo se ordena la práctica de un Informe Social en los hogares de los ciudadanos LILIAN MARIA MARTINEZ DIAZ y MANUEL ANTONIO FUENTES MAITA, arriba identificados, así como evaluaciones psicológicas, comisionándose para tal fin al Equipo Técnico de este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/ Alicia.-