REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de abril de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : BP02-S-2008-001866
Por recibida la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, propuesta por la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Publico, Abogada MARY LOURDES FERRER, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.533, actuando en este acto en representación del niño XXXXXXXXXXXXXXX, de Tres (03) años de edad actualmente, hijo de los ciudadanos JESUS RAFAEL SANCHEZ Y MARIELY DEL VALLE GOMEZ de SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 8.348.069 y V-11.910.423, junto con los recaudos que en ella se mencionan, constante de dos (02) folios útiles y cinco (05) anexos.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos.- Esta Sala de Juicio la admite cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Parágrafo Cuarto Literal “F”. Cúmplase.-
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. SALA Nº 01
ABG. SANTA SUSANA FIGUERA
LA SECRETARIA,
ABG. ORLYMAR CARREÑO.-
En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA,
ABG. ORLYMAR CARREÑO.
SSF/crc.