REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-001446
Por recibida la anterior solicitud de UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por el ciudadano JESUS FERMIN YSASIS SALGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.497.098, de este domicilio, actuando en su nombre y representación de sus hermanos menores JESUS FERMIN, ROSMER ALEXANDER Y FRANYELIS DEL VALLE ISASIS WALTHER, venezolanos, asistido en este acto por la abogada en ejercicio JENNYS QUERECUTO TORREALBA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.684, procedente del Tribunal en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui, en el cual solicita que se le declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano FERMIN BAUTISTA YSASSIS LONGAR, (difunto), quien era venezolano, mayor de edad y portador de la cédula de identidad N° V-587.893. La Suscrita Juez de este Tribunal se avoca al conocimiento de la presente solicitud. Deséele entrada. Anótese en los libros respectivos, a los fines de continuar con su curso legal respectivo. Se insta a los solicitantes a consignar en autos las actas de nacimientos de los menores xxxxxx Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA Nº 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
Ajd/Alicia.-