REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de abril de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO : BP02-V-2008-000651
Por recibida la anterior demanda de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, presentada por la ciudadana AMERICA DEL VALLE LIZARDO RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.954.658, actuando en representación de su nieto el adolescente xxxxxxxx, debidamente asistida por la Defensora Publica Segunda de este Estado, Abogada ALCIRA HERRERA, en contra de la ciudadana IVON JOSEFINA ALVAREZ LIZARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.285.680, domiciliada en el Sector Camino Nuevo, Calle Nueva, en residencia ubicada justo al lado de la Barbería Unisex, frente a la Luminosa, Barcelona, Estado Anzoátegui. Désele entrada. Anótese en los Libros respectivos, en consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho se requiere por no ser contraria al orden Público, a las buenas costumbres y a ninguna Disposición Expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y conforme a lo dispuesto en el Articulo 514 de la precitada Ley, cítese a la ciudadana IVON JOSEFINA ALVAREZ, arriba identificada, a fin de que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N°. 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30.AM) y las tres y treinta minutos de la tarde (03:30.p.m.), a los fines de que dar contestación a la presente demanda. Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Publico, del inicio de la presente demanda.- Se acuerda comisionar al Equipo Técnico Adscrito a este Tribunal, a los fines de que realice un Informe Social en el Hogar de las ciudadanas IVON JOSEFINA ALVAREZ LIZARDO y AMERICA DEL VALLE LIZARDO RAMOS.- Librese Boletas y Oficios.-
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 02

DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él-
LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.

AJD/mill.