REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: BP02-V-2008-000660
Por recibida la anterior demanda de Divorcio 185, incoada por la ciudadana NORKA DEL VALLE PÉREZ RODRÍGUEZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-8.331.975 domiciliada en la Calle Principal de Sierra de Piedra al lado del Fundo La Lomita, Barbacoa, Barcelona, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la abogada en ejercicio ANDREINA GÓMEZ LÓPEZ e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 103.708, de este domicilio, en contra del ciudadano GILBERTO JOSÉ DELGADO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.341.721, de éste domicilio; junto con los recaudos que la acompañan. Désele entrada. Anótese en los libros respectivos. Por cuanto de la revisión y lectura del libelo se observa: Que la parte demandante no cumple con los extremos exigidos en el Artículo 351, Parágrafo Primero de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en cuanto como se regirá el Régimen de Convivencia Familiar y la Obligación de Manutención, e igualmente se insta a señalar los ingresos o consignar el lugar de trabajo exacto y el nombre de la empresa donde presta sus servicios el ciudadano GILBERTO JOSÉ DELGADO. En consecuencia, ésta Sala de Juicio N° 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, ordena a la parte demandante a dar fiel cumplimiento a las omisiones antes señaladas, concediéndosele tres (3) días de despacho siguientes al de hoy, para subsanar los errores cometidos, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 459 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase.
El Juez Unipersonal N° 02.
Dra. Ana Jacinta Durán
El Secretario

Abg. Farah Melissa Azocar
En la misma fecha del auto anterior se cumplió lo ordenado en él. Conste.
El Secretario

Abg. Farah Melissa Azocar
Judith