REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : BP02-V-2008-000701
Por recibida la anterior solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCION, para el Niño xxxxxxx ”, propuesta por su padre, el ciudadano JOSE RAFAEL PEREZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.904.201, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio YAMILETH ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.460, , junto con los recaudos que en ella se mencionan, constante de Un (01) Folio Útil y SEIS (06) Anexos.- Admítase. Fórmese expediente. Notifíquese por medio de boleta a la ciudadana ENEIDA YELITZA ROJAS URBANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.515.479, domiciliada en la ciudad de Barcelona Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al segundo día de Despacho siguiente a su notificación, en las horas de Despacho comprendidas desde las Ocho y Treinta minutos de la mañana (8:30 PM), y Tres y Treinta minutos de la tarde (3:30 PM), a los fines de que manifieste su aceptación o negativa con respecto a la OBLIACION DE MANUTENCION , propuesta a favor de su hijo el niño xxxxxxxxx, . Librese boleta y entréguesele al Alguacil asignado a este Juzgado, a los fines de que practique la citación de la ciudadana ENEIDA YELITZA ROJAS URBANO, quien se encuentra domiciliada en esta jurisdicción. Aperturece una cuenta de ahorros, en el Banco BANFOANDES, a nombre de la madre ciudadana ENEIDA YELITZA ROJAS URBANO, en su carácter de representante legal del niño xxxxxxx, la cual no podrá ser movilizada total o parcialmente sin la previa autorización del Tribunal. Notifíquese por medio de boleta a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico del inicio de la presente solicitud. Librese boleta.-
LA JUEZA UNIPERSONAL N° 02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.-.-

LA SECRETARIA,

ABG FARAH MELISSA AZOCAR.-

En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en él.-

LA SECRETARIA,

ABG FARAH MELISSA AZOCAR.-
AJD/saray.-