REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 1 de agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-O-2008-000029
ASUNTO : BP01-O-2008-000029

Por recibido el presente asunto signado con el Nº BP01-O-2008-000029, emanado de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de este mismo Circuito Judicial Penal, interpuesto por la ciudadana NANCY JOSEFINA HEVIA PERNIA, debidamente asistida por el abogado RAFAEL ALBERTO LATORRE CÁCERES, mediante el cual interpone Recurso de Amparo Constitucional de HABEAS CORPUS, en contra de ocho (8) diez (10) funcionarios adscritos a la Sub Delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de la población de Píritu, quienes presuntamente sin portar orden de allanamiento alguna, procedieron a registrar la totalidad del inmueble y sustrajeron varias partencias de su propiedad, entre las cuales se encuentran ocho (8) redes para pescar, un aparato denominado Multifuerza, un esmeril, un taladro, la cantidad de dos mil ochocientos bolívares, un motor fuera de borda, una escopeta calibre 12, un rifle calibre 38/357, manifestando la ciudadana antes mencionada que fue detenida junto a su esposo MANUEL ANTONIO CASTILLO y que a ella la soltaron como a las 6:00 de la tarde del día 30/07/2008; en consecuencia visto lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, acuerda oficiar al Director del Instituto Autónomo de la Policía Municipal de Píritu, Zona Policial Nº 03, a los fines de solicitarle se sirva informar a este despacho, en un lapso no mayor de cuarenta y ocho (48) horas, si por ante ese Organismo Policial se encuentra detenido el ciudadano MANUEL ANTONIO SOTILLO, asimismo deberá informar el organismo que practicara la detención del referido imputado y la fecha de detención, a fin de emitir pronunciamiento, con respecto a la interposición del HABEAS CORPUS, presentado por la ciudadana NANCY JOSEFINA HEVIA PERNIA, debidamente asistida por el abogado RAFAEL ALBERTO LATORRE CÁCERES y a favor del ciudadano MANUEL ANTONIO SOTILLO; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7, Ultimo Aparte, 13, 18, 21, 22, 29, 38, 39, 40, 41 y 42 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con el artículo 44, ordinal 1º, 24 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese el correspondiente oficio. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 03 (GUARDIA),

DRA. GABRIELA SALAZAR

EL SECRETARIO DE GUARDIA,

ABOG. CRUZ BASTARDO