REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 27 de agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-003886
ASUNTO : BP01-P-2008-003886
Visto el escrito presentado por la CARLOS EDUARDO GARCIA actuando como Fiscal Noveno del Ministerio Público de este Estado,, mediante el cual coloca a la orden de este Tribunal a los ciudadanos ALBERTO ANTONIO ALEAN, ANTONIO ANDRES SUNIAGA y DILMAR GUSTAVO VARGAS , por la presunta comisión de los delitos de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el Artículo 34 DE LA LEY ORGANICA CONTRA EL TRAFICO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS en perjuicio de la colectividad. Asimismo solicito MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, puesto que se encuentra llenos los extremos del articulo 256 ord 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y oído como fue el imputado debidamente asistido por su Defensor Publico la Dra. SOLANGEL GONSALEZ, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, con Funciones de Control N° 03, pasa a decidir de la siguiente manera:
PRIMERO: SE decreta al Aprehensión como Flagrante

SEGUNDO: Se desprende del Acta Policial de fecha 26/08/2008, suscrita por el funcionario Sub-Inspector (PMS) ALEXANDER CONDE Y JESUS PINEDA , adscrito a la Dirección de Operaciones del Instituto autónomo de la Policía Municipal de Sotillo, en la cual entre otras cosas deja constancia de lo siguiente: “Que Siendo aproximadamente las Dos horas con Treinta Minutos (02:30) de la tarde del día de hoy 26-08-2008, encontrándose en labores de patrullaje vehicular… a bordo de la unidad Radio Patrullera para el momento que se desplazaban por la calle la fortuna del Sector El Paraíso avistaron a tres sujetos quienes al notar la presencia de la comisión policial se tornaron con aptitud nerviosa y sospechosa por lo que le dieron voz de lato la cual no acataron emprendiendo la huida razón por la cual dicha comisión emprendió una persecución dándoles alcance a pocos metros…Asi mismo para el momento de la detención solicitaron el apoyo de dos transeúntes para que sirvieran de testigos al practicar la respectiva revisión corporal quienes quedaron identificados como: JULIAN JOSE CASTILLO Y JUAN ALEJANDRO PASTRANO motivo por el cual se procedió a practicarles dicha revisión donde se le logra incautar al Primero identificado como: ALBERTO ANTONIO ALEAN ESCALANTE , en el bolsillo derecho del pantalón 33 mini envoltorios en papel aluminio que contenían una sustancia compacta de color balnco la cual se presume sea droga denominada Crack y un (01) envoltorio de tamaño regular que contenía en su interior una sustancia de hierva verdosa aproximadamente la cual se presume sea droga denominada Marihuana.- el segundo quien quedo identificado como: ANTONIO ANDRES SUNIAGA se le incauta dentro del bolsillo derecho del pantalón (17) Diecisiete Mini Envoltorios y en el bolsillo izquierdo (16) Dieciséis Mini Envoltorios de una sustancia compacta de color blanco la cual se presume sea droga denominada Crack para un total de 33 mini envoltorios.. al Tercero quien quedo identificado como: DILMAR GUSTAVO VARGAS CASTRO quien para el momento sostenía en sus manos una bolsa plástica que contenía en su interior quince (15) Envases vacíos de color Blanco con tapas rojas con calcomanías alusivas a un producto de cuidados de las plantas y la cantidad de cuatrocientas (400) calcomanías alusivas al mismo producto al inspeccionar los envases se detecta en uno de ellos la cantidad de catorce (14) mini envoltorios de papel aluminio de una sustancia compacta de color blanco la cual se presume sea droga denominada Crack así mismo se le incauta en el bolsillo derecho la cantidad de 20 Mini Envoltorios de papel aluminio una sustancia compacta de color blanco la cual se presume sea droga denominada Crack y un Envoltorio de tamaño regular envoltorio de tamaño regular que contenía en su interior una sustancia de hierva verdosa de la cual se presume sea droga denominada Marihuana (01) una Pipa de Fabricación Artesana con residuos de hierva en su orificio una sustancia de hierva verdosa de la cual se presume sea droga denominada Marihuana. Motivado a la sustancia incautada se procedió a practicar la aprehensión de los respectivos ciudadano colocando el procedimiento a la orden del Ministerio Publico Es todo.- Asi mismo corren al folio numero 08 Acta de identificación de la sustancia Incautada y los folios 10 y 11 Acta entrevista practicada a los ciudadanos: JULIAN JOSE CASTILLO Y JUAN ALEJANDRO PASTRANO identificados plenamente en actas quienes corroboran las presentes actuaciones policiales
TERCERO: en consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a los ciudadanos: ALBERTO ANTONIO ALEAN, ANTONIO ANDRES SUNIAGA y DILMAR GUSTAVO VARGAS por encontrarse llenos los extremos legales exigidos en los artículos 256 ordinales 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en la comisión del delito de de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el Artículo 34 DE LA LEY ORGANICA CONTRA EL TRAFICO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS por lo que deberán presentarse por ante la oficina del alguacilazgo cada 15 días
CUARTO: Se acuerda que el procedimiento a seguir es el Ordinario de conformidad con el artículo 280, 283 y 300 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
QUINTO: Líbrese el oficio respectivo a la Policía Municipal de Sotillo y a la oficina del Alguacilazgo a los fines de participar de la decisión dictada por este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que en la presente audiencia se dio cumplimiento a los principios rectores del proceso como son la oralidad, inmediación y concentración. Y así se decide.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD a los ciudadanos a los ciudadanos ALBERTO ANTONIO ALEAN, ANTONIO ANDRES SUNIAGA y DILMAR GUSTAVO VARGAS identificados plenamente en Actas, por la presunta comisión de los delitos de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el Artículo 34 DE LA LEY ORGANICA CONTRA EL TRAFICO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, Líbrese Oficio Respectivo. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 03 DE GUARDIA,

DRA. GABRIELA SALAZAR


EL SECRETARIO DE GUARDIA


ABOG. HECTOR LUIS MUSSO