REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 7 de agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL :
ASUNTO : BP01-P-2008-003687

Visto el escrito presentado por la Dra. AZUCENA MARIA ABREU, actuando en su condición de Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual solicita se libre ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano JUNIOR GUZMAN FABIO, a quien se le imputa la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMERITACIÓN y ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la hoy occisa ANCHIETA CAMPOS FRANCIS ELENA, en consecuencia, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, a los fines de decidir sobre dicha solicitud observa:

HECHOS IMPUTADOS

“…el día 19 de Junio de 2008, en horas del medio día la ciudadana hoy occisa FRANCYS ELENA ANCHETA CAMPOS, se encontraba en la ciudad de Anaco, específicamente en la residencia de la ciudadana GLENDYMAR GONZALEZ, con la que mantenía una relación amorosa, a quien le hizo del conocimiento que iba para el Mac Donalds a reunirse con un primo que venía desde la ciudad de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, que no la podía acompañar, pero que la pasaba buscando para irse para Aragua de Barcelona, a trabajar en el pool que tenía arrendado la víctima. En vista de que eran aproximadamente las 5:00 horas de la tarde y no había tenido comunicación con la ciudadana FRANCYS ELENA ANCHETA CAMPOS, le realizó llamada a su móvil celular para saber donde se encontraba respondiendo que se encontraba todavía en la ciudad de Anaco, que la esperara que la pasaba buscando en una hora para irse para Aragua de Barcelona; insistiendo la ciudadana GLENDYMAR GONZALEZ, en realizarle nuevamente a los 10 minutos otra llamada telefónica, siendo infructuosa la comunicación, en vista de tal situación y al ver que no la pasó buscando para trabajar en el pool, ella insistentemente le continuó realizando llamada telefónica a las que la ciudadana FRANCYS ELENA ANCHETA CAMPOS, no contestó ya que el teléfono a partir de las 5:10 minutos hrs. de la tarde, le sonaba constantemente apagado.
Es hasta el día 20 de Junio de 2008, en horas de la mañana cuando Funcionarios de la Policía del Estado Anzoátegui de Aragua de Barcelona, hacen del conocimiento al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Anaco, que en la Población de Aragua de Barcelona, Sector Boquerón I, se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino, trasladándose al lugar donde lograron localizar en una zona boscosa el cuerpo sin vida de la ciudadana Francis Elena Ancheta Campos, de 25 años de edad, quien falleció a consecuencia de haber sufrido según protocolo de autopsia número 09700-139-548/2008, de fecha 20/06/2008. Conclusión: Trece heridas contuso cortantes en rostro y cráneo que producen: poli fracturas y hemorragia intracraneala. Múltiples contusiones equimoticas, heridas contusas, heridas punzantes puntiformes y excoriaciones. Contrición del Cuello con lesión vital en los planos musculares y pero traqueales, signos titulares de hipoxia. Dos heridas por disparo de arma de fuego de proyectil único, con características de distancia. Herida post morten con orificio de entrada en tórax antero inferior izquierdo y orificio de salida en flanco abdominal lateral derecho trayectoria de adelante atrás, izquierda derecha descendente. Orificio de entrada en tórax postero inferior externo izquierdo sin orificio de salida herida perimorten. El proyectil perfora partes blandas y la novena vértebra torácica donde se recupera. Trayectoria de atrás a delante, izquierda derecha, ligeramente descendente. CAUSA DE LA MUERTE: Lesión encefálica de tipo traumático producida por arma blanca contuso cortante. CERTIFICACION DE LA MUERTE: Hemorragia encefálica. Traumatismo craneoencefálico. Heridas por armas blancas contuso cortantes.
De igual manera al realizar la inspección en el sitio lograron colectar evidencias de interés criminalístico entre ellos el teléfono marca Nokia, modelo 6276, de la víctima, un botón de color blanco con dorado, una bala calibre 44; de igual manera muy cerca de este sitio específicamente en el Sector el Vallito, en donde inspeccionaron un vehículo marca Chevrolet, modelo Corsa, tipo sedan, placas GDM-23L, el cual estaba totalmente quemado….
Posteriormente en fecha 08 de Agosto de 2008, los Funcionarios FREDDY VEGAS y CARLOS CASTRO, encontrándose en labores de investigación, específicamente por la Calle Principal del Sector la Manga de Coleo, de la Población de Aragua de Barcelona, siendo las 11:30 horas de la noche, avistaron a un sujeto apodado “EL IGUANO”, en actitud sospechosa le dieron la voz de alto y al realizarle la revisión corporal amparados en el Artículo 205 del Código Orgánico Procesal Penal, le encontraron en la parte interna de la pretina del pantalón un arma de fuego, calibre 38 mm, sin marca aparente, serial 14040, contentiva en su recamara de tres (03) balas del mismo calibre, sin percutir, quien no portaba documentos que acreditara la propiedad, emanado de la Dirección de Armamento de las Fuerzas Armadas Nacionales, quedando el sujeto identificado como GUZMAN FABIO JUNIOR, venezolano, natural de Aragua de Barcelona, nacido en fecha 12-10-1986, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio Los Coloraditos, Calle Principal, Casa de Color Verde con rejas Blancas, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.205.862, apodado “EL IGUANO”, le fueron leídos sus derechos y puesto a la orden de esta Representación Fiscal.
Ahora bien, una vez recuperada el arma de fuego antes descrita, los expertos Pérez Neomar y Luigi Salcedo, ambos adscritos al Departamento de Criminalísticas, Área de Balística Identificativa Comparativa, le realizaron la experticia de Reconocimiento Técnico, Restauración de Caracteres Borrados en Metal y Comparación Balística, al arma de fuego y al proyectil incriminado: dando como conclusión: “EL PROYECTIL CALIBRE 38 SPECIAL, SUMINISTRADO COMO INCRIMINADO Y EXTRAIDO DEL CADÁVER DE ANCHETA CAMPOS FRANCYS ELENA, FUE DISPARADO POR EL ARMA DE FUEGO TIPO REVOLVER MARCA SMITH & WESSON, CALIBRE 38, SPECIAL SERIAL DE ORDEN 14040…”.

ELEMENTOS PRESENTADOS POR LA FISCALIA DEL MINISTERIO PÚBLICO

1. Trascripción de novedades, de fecha 20 de Junio de 2008, realizado por el jefe de guardia adscrito por ante la Sub-delegación Anaco del Estado Anzoátegui, en la que deja constancia: LLAMADA TELEFÓNICA: “Se recibe la misma de parte de la Centralista de Guardia de la Policía del Estado Anzoátegui, quien informó que en la población de Aragua de Barcelona, Sector Boquerón I, se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino, presentando heridas por arma de fuego.
2. Acta de Investigación Penal, de fecha 20 de Junio de 2008, realizada por el funcionario Freddy Vegas y Rodolfo Pineda, adscritos a la Sub-Delegación Anaco del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quienes dejan constancia de lo siguiente: “…se recibe la misma de parte de la Centralista de Guardia de la Policía del Estado Anzoátegui, quien informó que en la población de Aragua de Barcelona, Sector Boquerón I, se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino, presentando heridas por arma de fuego, me trasladé hacia la dirección antes mencionada; una vez en el lugar fuimos recibidos por una comisión al mando del Sargento Mayor Ásale Castillejo, quien nos guió al lugar exacto en donde se encontraba el cadáver seguidamente inspeccionamos en una zona boscosa el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino sobre la tierra en posición decúbito dorsal… del examen practicado a la hoy occisa se le apreció múltiples heridas contuso cortantes en la región frontal, una herida irregular en la región intercostal izquierdo y una herida cortante en el dedo índice de la mano izquierda, todas producidas por el paso de proyectil disparado por armas de fuego… la misma quedó identificada como FRANCIS ELENA ANCHETA CAMPOS, de 25 años de edad… en el lugar se colectó un teléfono marca Nokia, modelo 6276, un botón de color blanco con dorado, una bala calibre 44… se trasladaron al Sector el Vallito en donde inspeccionaron un vehículo marca Chevrolet, modelo Corsa, tipo sedan, placas GDM-23L, el cual estaba totalmente quemado…”.
3. Inspección Técnica Policial Número 782, de fecha 20 de Junio de 2008, practicada por los Funcionarios Agentes Freddy Vegas y Rodolfo Pineda, adscritos a la Sub-Delegación Anaco del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en la siguiente dirección: CARRETERA NACIONAL ARAGUA DE BARCELONA-ZARAZA, ESTADO ANZOATEGUI, siendo este el lugar donde fue localizado el cadáver de la hoy occisa y colectaron evidencias de interés criminalístico.
4. Inspección Técnica Policial Número 783, de fecha 20 de Junio de 2008, practicada por los Funcionarios Agentes Freddy Vegas y Rodolfo Pineda, adscritos a la Sub-Delegación Anaco del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en la siguiente dirección: CALLE PRINCIPAL DEL SECTOR EL VALLITO, VIA LECHOZAL, ARAGUA DE BARCELONA-ZARAZA, ESTADO ANZOATEGUI, siendo este el lugar donde fue localizado el vehículo en el cual se desplazaba la hoy occisa el cual se encuentra totalmente calcinado.
5. Acta de Entrevista cursante a los folios siete (7 y su vto.) y ocho (8) de la causa, rendida por la ciudadana MERCIMAR JOSEFINA ANCHIETA CAMPOS, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.563.062, quien expuso: “…resulta que me encontraba en mi casa, en eso me llamó el papá de mis hijos de nombre CARLOS ALBERTO SANZ, diciéndome que habían matado a mi hermana de nombre FRANCIS ELENA ANCHIETA CAMPOS y que estaba tirada en el piso por los lados del sector Boquerón I, luego me fui para ese sitio a ver si era cierto esa información y cuando llegué conseguí a mi hermana muerta y tirada en el piso, también me enteré que el carro de mi hermana lo habían conseguido quemado adyacente al sector El Vallito… es todo”.
6. Acta de Entrevista de fecha 20/06/2008, tomada a la ciudadana CAMPOS MARCANO MERCEDES JOSEFINA, quien expuso: “…me fui desde muy temprano, para la Zona Educativa, ubicada en la ciudad de Barcelona, a tramitar un título de bachiller, cuando estoy en la ciudad de Barcelona, como a las 09:30 horas de la mañana, recibí una llamada telefónica por parte de mi yerno CARLOS SANE, informándome que a mi hija de nombre FRANCIS ELENA ANCHIETA CAMPOS, la habían matado y que el vehículo marca CHEVROLET, modelo CORSA, cuatro puertas, color GRIS, año 2002, de mi hija occisa lo habían conseguido por el Sector el Vallito, completamente quemado, es todo…”.
7. Acta de Entrevista de fecha 20/06/2008, tomada a la ciudadana GLENDYMAR GONZALEZ, quien expuso: “…resulta que en la mañana llamé por teléfono a la mamá de FRANCIS ELENA ANCHIETA CAMPOS, para preguntarle por ella y me dijo que la habían llamado para avisarle que el carro de FRANCIS, lo habían quemado por el sector el Vallito de Aragua de Barcelona y que a FRANCIS la habían matado, después me fui para Aragua de Barcelona para donde estaba FRANCIS muerta, cuando llegué al lugar vi que era verdad que la habían matado…”.
8. Cursa a los folios quince (15 y su vto.) Reconocimiento Técnico Legal Número 232 de fecha 20 de Junio de 2008, practicado por el funcionario RODOLFO PINEDA, adscrito a la Sub-Delegación Anaco del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a las prendas de vestir que portaba la hoy occisa para el momento en que sucedieron los hechos, así mismo al teléfono celular, una bala calibre 44 y un accesorio de los denominados botón.
9. Certificado de Defunción Número 1349056 de fecha 20/06/2008, en el cual se certifica las causas de la muerte de la occisa FRANCIS ELENA ANCHIETA CAMPOS.
10. Acta de Defunción número 0571973 de fecha 20/06/2008, suscrita por el Registrador Civil del Registro Civil del Municipio Aragua de Barcelona.
11. Acta de Investigación Penal de fecha 01/07/2008, suscrita por el funcionario AGENTE FREDDY VEGAS, quien deja constancia de la siguiente diligencia policial: “…me trasladé en compañía del funcionario CARLOS CASTRO, hacia la siguiente dirección: Aragua de Barcelona, calle principal del sector los coloraditos, casa de color verde con rejas Blancas, con la finalidad de ubicar y citar a un ciudadano de nombre FABIO GUZMAN apodado el IGUANO, se había ido para Puerto la Cruz, a vivir, desconociendo su ubicación exacta, por lo que manifesté la posibilidad en hacerle llegar boleta de citación al ciudadano… respondiéndonos que no quería problemas que mejor que no se la entregue negándose…”.
12. Acta de Investigación Penal de fecha 24/07/2008, suscrita por el funcionario AGENTE FREDDY VEGAS, adscrito a la Sub-Delegación Anaco del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien expuso: “…me trasladé en compañía de los funcionarios EDIS LOPEZ, CARLOS CASTRO a la siguiente dirección: Aragua de Barcelona, calle principal del sector los coloraditos, con la finalidad de ubicar y citar a un ciudadano apodado EL IGUANO, quien figura como investigado en la presente averiguación… nos entrevistamos con moradores del lugar quienes no quisieron ser identificados por temor a represalias manifestándonos que el mismo vive en una casa de color verde con rejas blancas… nos trasladamos al lugar donde fuimos atendidos por un ciudadano a quien luego de identificarnos… dijo ser RAMON GUZMAN… manifestándonos que el ciudadano no se encontraba y el mismo responde al nombre de FABIO… le manifesté la posibilidad de hacerle llegar boleta de citación al ciudadano requerido negándose…”.
13. Acta de Investigación Penal de fecha 01/07/2008, suscrita por el funcionario AGENTE VEGAS FREDDY, adscrito a la Sub-Delegación Anaco del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien expuso: “…encontrándome en labores de investigaciones se recibió llamada telefónica de parte de una ciudadana… quien dijo ser TERESA DE PACHECO, integrante de la Junta comunal del sector el coloradito Aragua de Barcelona, informando que una de las personas que le causó la muerte a FRANCIS ELENA CNCHIETA, se encuentra aún en libertad, ya que los otros integrantes de la banda están presos y el sujeto se llama FABIO, apodado EL IGHUANO, éste puede ser ubicado en el sector EL COLORADITO, calle principal, casa de color VERDE, con puerta de color BLANCO… es integrante de la banda LOS MANTEQUILLAS, junto con EL GORDO, EL GOCHO y CHACHO… cortó la comunicación…”
14. Acta Policial sin número de fecha 26/06/2008, suscrita por el funcionario AGENTE FREDDY VEGAS, adscrito a la Sub-Delegación Anaco del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien entre otras cosas expone: “…me trasladé en compañía de los funcionarios EDIS LOPEZ, CARLOS CASTRO y GUALBERTO SUAREZ, hacia el Sector el Vallito, población de Aragua de Barcelona, con la finalidad de ubicar, identificar y citar a los ciudadanos apodados EL GOCHO, EL IGUANO, BETO, quienes son mencionados en la presente averiguación. Llegando a la Población de Aragua de Barcelona… se recibió llamada telefónica de parte del Jefe de Investigaciones Sub-Comisario FRANKLIN MORALES, informando que EL GOCHO, EL GORDO y OTRO SUJETO, se encuentran detenidos en la policía del Estado Anzoátegui, Zona 04, Aragua de Barcelona, debido a que los habían aprehendido… cuando perpetraban un robo en una finca de la población de Aragua de Barcelona… nos trasladamos hacia el mencionado órgano de seguridad… nos corroboró que efectivamente los sujetos se encontraban detenidos en los calabozos de esa oficina además que el sujeto apodado EL GOCHO, se le decomisó un arma de fuego tipo escopetin… identificamos a EL GOCHO como SANCHEZ MEDINA JHONY XAVIER… RAFAEL o CHUO como JIMENEZ BUTARIC HUMBERTO ADOLFO… y EL GORDO como ALVAREZ BERICOTO JUAN BAUTISTA… éste último nos manifestó que él, EL GOCHO y RAFAEL son integrantes de la Banda los MANTEQUILLAS, pero que no tenía nada que ver con la muerte de FRANCIS la lesbiana, que habían sido EL IGUANO, conjunto con EL GOCHO y RAFAEL, quienes la mataron debido a que ellos se habían robado una finca por el sector las piñas y FRANCIS fue la que se encargó de llevarlos en su carro y buscarlos, además vendieron lo que robaron pero como FRANCIS no le dio el dinero completo a EL GOCHO ni al IGUANO, ellos la amenazaron pero ella estaba muy sobrada, les dijo que no le podían hacer nada sino les iba a echar paja con la PTJ de la muerte de JOSE, el que mataron en el restaurante TENG WANT, por lo que pensó que no le iban a hacer nada… la llamaron para invitarla a un robo y luego la mataron…”.
15. Acta de Investigación Penal, de fecha 27/06/2008, suscrita por el AGENTE DE INVESTIGACIÓN I FREDDY VEGAS, adscrito a la Sub-Delegación Anaco del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien expuso: “…encontrándome de servicio… me trasladé a la sala de Sustanciación… con la finalidad de indagar si los ciudadanos SANCHEZ MEDINA JHONY XAVIER… apodado EL GOCHO, el ciudadano JIMENEZ BUTARIC HUMBERTO ADOLFO… apodado RAFAEL o CHUO y el ciudadano ALVAREZ BERICOTO JUAN BAUTISTA… apodado como EL GORDO, aparecen nombrados o como investigados en actas procesales… el funcionario DOUGLAS GARCIA… procedió a realizar una búsqueda en los libros de causas informándome que los ciudadanos SANCHEZ MEDINA JHONY XAVIER… apodado EL GOCHO y JIMENEZ BUTARIC ADOLFO… apodado RAFAEL o CHUO, aparecen mencionados como autores del hecho en los expedientes signados con el número H-907.238 de fecha 02-06-08, en donde le causaron la muerte a JOSE RICARDO FIGUERA y el expediente número H-750.424 de fecha 16-12-07, ambos instruidos por… uno de los delitos Contra las Personas (HOMICIDIO)…”.
16. Acta de Entrevista de fecha 01/07/2008, tomada a la ciudadana VIRGINIA PAOLA HENRIQUEZ MEDINA, quien expuso: “…me encontraba en mi casa y allí se presentó MELCIMAR ANCHIETA y en ese instante recibió una llamada telefónica a su celular, de parte de su esposo no se su nombre, se que le dicen CAÑA, pero su apellido es SANAS, cuando MELCIMAR ANCHIETA termina la conversación con su esposo, ella comenzó a llorar y me dijo que habían conseguido muerta a su hermana FRANCYS ANCHIETA… le pregunté que si estaban seguros si era FRANCYS y ella me dijo que no sabía… al ratico recibió otra llamada de su esposo y le dijo que si era FRANCYS ANCHIETA, que buscara una sábana para taparla… como a los quince minutos se presentó a mi casa SANAS, apodado CAÑA… nos montamos en su carro y nos fuimos para el sector Boquerón de Aragua de Barcelona, que fue donde localizaron muerta a FRANCYS ANCHIETA, una vez que llegamos al sitio vimos en un terreno alejado de la carretera el cuerpo sin vida de FRANCYS ANCHIETA, la tenían tapada con una sabana, al llegar al sitio nos encontramos con GENESIS ANCHIETA y RAUL ANCHIETA… nos dijeron que la habían visto antes de ponerle la sabana…”.
17. Acta de Entrevista de fecha 01/07/2008, tomada a la ciudadana LISBETH ANGELICA HURTADO FUENTES, quien expuso: “…el día viernes 20 de junio de 2008… salí de mi casa a hacerme unos exámenes médicos con mi mamá, como a eso de las 10:00 de la mañana, de allí nos fuimos donde una tía mía que vende ropa cerca del Cotoperí… yo salí a la calle y pasó un muchacho conocido, en un Chevette rojo… me llamó y me preguntó que si yo no sabía nada que habían encontrado a FRSNCIS ANCHETA muerta por la vía de Boquerón… me quedé estática… le dije que con eso no se jugaba… pasó un amigo… y yo le dije que si me podía hacer un favor, y el me dijo que si que me montara… le dije que me llevara a Boquerón… llegamos al sitio… vi el cuerpo tapado con una sábana… me quedé allí con su hermana GENESIS ANCHETA y su hermano RAUL ANCHETA…”.
18. Acta de Entrevista de fecha 22/07/2008, tomada a la ciudadana MERCEDES JOSEFINA CAMPOS MARCANO, quien expuso: “…vengo… a ampliar mi declaración, que hice el día que fue encontrada sin vida mi hija… tengo información muy precisa, de que a un sujeto que le dicen “EL MONO”, quien era supuesto amigo de mi difunta hija, fue visto minutos antes de que quemaran el carro de mi hija, manejándole el carro por el sector los coloraditos e incluso lo vieron que andaba en horas de la noche comiendo empanadas y después a los pocos minutos se escuchó una explosión y los que vieron que conocen el carro vieron que era el mismo carro de mi hija fallecida y era el mismo carro que iba conduciendo este sujeto… este sujeto luego de la muerte de mi hija se compró un carro y el reproductor que carga ese carro es el mismo reproductor del carro de mi hija…”.
19. Protocolo de Autopsia Número 09700-139-548/2008 de fecha 20/06/2008, practicada por el Dr. Carnero Gumersindo, medico Anatomopatólogo Forense adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Barcelona, en la que se dejó constancia de lo siguiente: Conclusión: Trece Heridas contuso cortantes en rostro y cráneo que producen: poli fracturas y hemorragia intracraneana. Múltiples Contusiones Equimoticas, heridas contusas, heridas punzantes puntiformes y excoriaciones. Contrición del Cuello con lesión vital en los planos musculares y pero traqueales, signos titulares de hipoxia. Dos heridas por disparo de arma de fuego de proyectil único, con características de distancia. Herida Post Morten con orificio de entrada en tórax antero inferior izquierdo y orificio de salida en flanco abdominal lateral derecho trayectoria de adelante atrás, izquierda derecha descendente. Orificio de entrada en tórax postero inferior externo izquierdo sin orificio de salida herida porimorten. El proyectil de atrás a delante, izquierda derecha, ligeramente descendente. Proyectil Recuperado: Si uno sin blindaje. CAUSA DE LA MUERTE: Lesión encefálica de tipo traumático producida por arma blanca contuso cortante. CERTIFICACION DE LA MUERTE: Hemorragia encefálica. Traumatismo craneoencefálico. Heridas por armas blancas contuso cortantes.
20. RECONOCIMIENTO TECNICO LEGAL NUMERO 285 de fecha 28/06/2008, practicada por el funcionario AGENTE JEAN PEREZ, adscrito a la Sub-Delegación Anaco del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a las siguientes evidencias: UN PROYECTIL, correspondiente a partes que anteriormente conformaban el cuerpo de una bala para armas de fuego, se aprecia parcialmente deformado por la colisión directa contra un objeto de mayor o menor cohesión molecular, de color gris, presentan fricción o rallado en sus lados producto del paso por el anima o parte interna del cañón del arma de fuego que la disparó, de igual manera presenta adhesión de una sustancia de color pardo rojiza presuntamente sangre.
21. RECONOCIMIENTO LEGAL, MECANICA DISEÑO, RESTAURACIÓN DE SERIALES Y COMPARACIÓN BALÍSTICA, NUMERO 9700-192-957, de fecha 05 de Agosto de 2008, practicada por los funcionarios PEREZ D. NEHOMAR y LUIGI SALCEDO, adscritos a la Sub-Delegación Barcelona del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, expertos en balística, practicadas a: UN ARMA DE FUEGO TIPO REVOLVER, MARCA SMITH & WESSON, CALIBRE 38 SPECIAL, SERIAL DE ORDEN 14040.TRES BALAS, PARA ARMAS DE FUEGO CALIBRE 38 SPECIAL, DE LAS MARCAS: UNA CAVIM, UNA PMC Y LA RESTANTE DOMINION CCI FUEGO CENTRAL. UN PROYECTIL, perteneciente a una de las partes que conforman el cuerpo de bala calibre 38 special de estructura raso de plomo, presentando deformaciones y pérdida de material que lo constituye, presentando una masa de 5.9 gramos, examinado el proyectil suministrado como incriminado y extraído del cadáver de ANCHIETA CAMPOS FRANCIS ELENA…”.
22. Informe Pericial Número 280 de fecha 04/08/2008, practicado por el funcionario DANIEL CARRASQUEL, adscrito a la Sub-Delegación Anaco del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicado al vehículo Marca Chevrolet, Modelo Corsa, Tipo Sedan, Clase Automóvil, Opacas GDM-23L, año 2002, color gris.
23. Acta de Investigación Penal de fecha 04/08/2008, suscrita por el funcionario AGENTE FREDDY VEGAS, adscrito a la Sub-Delegación Anaco del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en la cual expuso: “…me trasladé a la sala de sustanciación con la finalidad de indagar si existe averiguación penal alguna que guarde relación con el sujeto GUZMAN FABIO JUNIOR… informando el funcionario DOUGLAS GARCIA… que el citado es integrante de la BANDA DEL GOCHO y aparece nombrado en las siguientes causas… H-907.541… H-907.238… H-750.424… H-907.042…”.
24. Acta de Investigación Penal de fecha 08/08/2008 suscrita por el funcionario FREDDY VEGAS, CARLOS CASTRO, quienes exponen: “…encontrándome en labores de investigación… por la calle principal del Sector la Manga de Coleo de la población de Aragua de Barcelona… avistamos a un sujeto apodado EL IGUANO… en actitud sospechosa… le dimos la voz de alto éste haciendo caso omiso a la misma e intentando emprender una carrera… nuevamente le dimos la voz de alto… levantó las manos diciendo que se encontraba armado… procedimos a hacer la revisión corporal… encontrándosele… en la parte interna de la pretina del pantalón un arma de fuego, calibre 38 mm sin marca aparente… quedando identificado como GUZMAN FABIO JUNIOR…”.
25. RECONOCIMIENTO TECNICO LEGAL NUMERO 295 de fecha 04/08/2008, practicado por el funcionario RODOLFO PINEDA, adscrito a la Sub-Delegación Anaco del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicada a UN ARMA DE FUEGO TIPO REVOLVER DE USO INDIVIDUAL. TRES BALAS PARA ARMAS DE FUEGO.
26. ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 01/07/2008, suscrita por el funcionario AGENTE FREDDY VEGAS, adscrito a la Sub-Delegación Anaco del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
27. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 24/07/2008, suscrita por el funcionario AGENTE FREDDY VEGAS, adscrito a la Sub-Delegación Anaco del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, con la finalidad de ubicar al ciudadano FABIO GUZMAN, apodado EL IGUANO.
Por lo que resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no está evidentemente prescrita, así como suficientes elementos de convicción para estimar que el ciudadano GUZMAN FABIO JUNIOR, es el autor del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMERITACIÓN Y ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la hoy occisa FRANCIS ELENA ANCHIETA CMPOS, y como quiera que en el presente caso existe peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, por la magnitud del delito, y llenos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que considera este Juzgado de Control DECRETAR ORDEN DE APREHENSION en contra del mismo. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano GUZMAN FABIO JUNIOR, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 18.205.862 natural de Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui, fecha de nacimiento 12/10/1986, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio los Coloraditos, Calle Principal, Casa de Color verde con rejas blancas, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMERITACIÓN Y ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la hoy occisa FRANCIS ELENA ANCHIETA CMPOS, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese orden de captura y oficio correspondiente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Puerto la Cruz, con el objeto de que practiquen la captura del referido ciudadano, y por lo tanto, una vez dado estricto cumplimiento y lograda la captura del mismo, se servirá dejarlo recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, a la orden de este Tribunal de Control Nº 03, a quien se permitirá notificar con carácter URGENTE. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 03 (GUARDIA),

DRA. GABRIELA SALAZAR
EL SECRETARIO DE GUARDIA,

ABOG. CRUZ BASTARDO