REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barcelona
Barcelona, 14 de agosto de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2007-002106
ASUNTO : BP01-P-2007-002106
Visto el escrito presentado por el Abogado VON RUIZ, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, en la causa seguida en contra de los acusados HERMES DE JESÙS BELISARIO RODRÌGUEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.575.292, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 04-01-1973, de 36 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio LATONERO, hijo de los ciudadanos LUIS JOSE BELISARIO (V) Y DE YOLANDA RODRIGUEZ (V), residenciado en calle el JUAN BIMBA, CASA 18, EN EL PENSIL, Puerto la Cruz estado Anzoátegui y JOSÈ FERNANDO LEDEZMA BELISARIO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 13.167.511, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 28-11-1976, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio OBRERO, hijo de los ciudadanos JOSE FLORENCIO LEDEZMA (V) Y DE MARITZA JOSEFINA DE LEDEZMA (V), residenciado en calle el JUAN BIMBA, CASA 18, EN EL PENSIL, Puerto la Cruz estado Anzoátegui, a quienes se les imputa la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el Artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; mediante el cual solicita de este despacho la DESTRUCCION de las sustancias incautadas en el presente asunto, a los fines de realizar la respectiva incineración, de conformidad con el artículo 119 del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal a los fines de emitir pronunciamiento observa:
El artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, establece que será el Juez de Control el Órgano Jurisdiccional que autorizará la destrucción de las Sustancias Estupefacientes incautadas en los procedimientos policiales realizados.
En consecuencia, este Tribunal tomando en consideración la norma jurídica mencionada, acuerda remitir al Tribunal de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, la presente solicitud en original, dejándose anexa a las actuaciones copia de la misma; así mismo, se ordena reproducir las actuaciones del presente expediente, debiéndose expedir copias certificadas de las mismas, a los fines de anexarlas a la solicitud fiscal; todo de conformidad con el artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Líbrese correspondiente oficio a la oficina Administrativa a los efectos de la reproducción de copias. Notifíquese. Cúmplase. Lìbrese oficio correspondiente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a los fines de remitir la solicitud fiscal.
LA JUEZ DE JUICIO Nº 01
DRA. ELBA UROSA DE LANZA
LA SECRETARIA
ABG. CELIA CHACON.