REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 5 de Agosto de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2000-002391
ASUNTO : BP01-P-2000-002391
Revisadas las presentes actuaciones, este tribunal, observa que a la presente fecha, no se ha materializado la ejecución de la pena, en relación al penado: JHONNY ABRAHAN MISEL, por lo que este Tribunal a los fines de decidir previamente observa:
CAPITULO I
DE LOS HECHOS
Mediante decisión de fecha 13 de Junio de 2002, este Tribunal, ejecutó la pena impuesta al penado: JHONNY ABRAHAN MISEL, quien fuera sentenciado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, como autor responsable del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, evidenciándose que el penado hasta la indicada fecha había cumplido un tiempo de SIETE (07) AÑOS Y VEINTICUATRO (24) DIAS de prisión, faltándole por cumplir CUATRO (04) AÑOS Y SEIS (06) DIAS DE PRISION, siendo que en fecha 31 de Mayo de 2.004, se le conmutó al mismo el resto de la pena que le faltaba por cumplir en Confinamiento, en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, debiendo presentarse hasta el 19-05-2007, por ante la Prefectura de la ciudad de Caracas, habiéndose recibido oficios de fechas 11-07-2005 y Nº 0147-07 de la Prefectura de Caracas, informando que el citado penado de acuerdo al Control de Presentaciones, tiene como última fecha de presentación por ante ese Organismo el 05-04-2005.
CAPITULO II
DEL DERECHO
Ahora bien, vista la conducta desplegada por el penado: JHONNY ABRAHAN MISEL, en relación a su no sujeción a la etapa de cumplimiento de la pena que le fuere impuesta, sustrayéndose de esta forma a las consecuencias del delito, por el cual le fue impuesta la pena correspondiente, es por lo que esta Juzgadora, considera que lo más procedente y ajustado a derecho es librar ORDEN DE CAPTURA al penado: JHONNY ABRAHAN MISEL. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de Barcelona, Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, ACUERDA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA, al penado: JHONNY ABRAHAN MISEL, titular de la cédula de identidad Nº 8.292.062,venezolano, nacido en fecha 10-09-1978, residenciado en el Barrio Campo Claro, Entrada Los Tubos, Casa Nº 19-B, Barcelona, Estado Anzoátegui, a fin de dar cumplimiento a la ejecución de la condena recaída en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 de la Ley Adjetiva Penal, en tal sentido remítase el correspondiente oficio a los diferentes Cuerpos de Seguridad remitiendo Boleta de Encarcelación y Orden de Captura. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION Nº 02,
DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ.
EL SECRETARIO,
ABG. HECTOR MUSSO