REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, 12 de agosto de dos mil ocho
198º y 149º
Asunto: BP02-V-2008-000002
Vista la diligencia de fecha 28 de Julio de 2.008, suscrita por la abogada en ejercicio RAINOA MARTÍNEZ MORFFE, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91.828, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora Mercantil, C.A- Banco Universal, inscrita en los Libros de Registro de Comercio llevado por el Juzgado de Comercio del Distrito Federal, en fecha 03 de Abril de 1.925, bajo el N° 123, mediante el cual desiste del presente procedimiento; éste Tribunal, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la misma forma, términos y condiciones expresados en dicha diligencia, ordenándose proceder como en sentencia pasada, en Autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena la devolución del documento original (crédito hipotecario), el cual riela a los folios del 07 al 12, inclusive, previa su certificación en autos. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Devuélvase lo acordado. Cúmplase.
La Juez Temporal,
Abg. Doris Rojas de Nadales
La Secretaria Accidental,
Abg. Judith Moreno.
Se solicitan fotostato para su respectiva certificación y devolución. Conste.
La Secretaria Acc,
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