REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, uno de agosto de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : BH03-M-2003-000051

Habiendo intentado juicio por PROCEDIMIENTO DE INTIMACION, la ciudadana MANUEL RAFAEL ARISTIGIETA CASTRO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 3.810.272, debidamente asistido de los abogados en ejercicio CESAR RODOLFO GOMEZ BASTARDO y/o CARLOS RAFAEL ORTIZ BOLIVAR, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 66.631 y 50.302, en contra del ciudadano JULIO ADOLFO AGUILAR GUTIERREZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 9.189.826, a este Tribunal le correspondió por Distribución de fecha: 05 de Junio de 2.001, el conocimiento de la presente causa.
Por auto de fecha: 12 de Junio de 2.001, este Tribunal le dio entrada y admitió la presente demanda. Observando este Tribunal que en fecha 02 de Octubre de 2.003, fue su última actuación de procedimiento en el presente juicio y que habiendo transcurrido un lapso mayor de un (1) año, sin que se haya efectuado ningún acto de procedimiento, considera este Juzgador, que se produjo la Perención de la Instancia, conforme al Artículo 267 del Código de procedimiento Civil en su Encabezamiento, término de Perención totalmente consumado.
En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa con fundamento en la disposición legal antes citada. Así se decide. En Barcelona a los 01 días del mes de Agosto de 2008. Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
La Juez Suplente Especial,
La Secretaria

Abg. Helen Palacio García
Abg. Marieugelys García Capella.


HPG/luyanny.-