REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, once de agosto de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-002218
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MIRAIDA MEZA SANCHEZ, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.567.872, de este domicilio, debidamente asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad municipal, con una superficie aproximada de (510,48 Mts), ubicada en el sector San Miguel III, Dichas bienhechurias consta de tres cuartos, dos baños, una sala-comedor, una cocina, puertas y ventanas de hierro, techo de zinc, piso pulido.- Alinderada de la siguiente manera: Norte: Avenida 12, su frente.- SUR: Casa de Deyanira Méndez.- ESTE: familia Ríos y OESTE: Javier cabeza.- El valor invertido es la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,oo) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos ANGEL ASENCION QUIJADA MOLINA y JOSE VENTURA PINTO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MIRAIDA MEZA SANCHEZ, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA