REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, doce de agosto de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-003739

Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARIA JESUS REYES DE JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V.-5.490.442 y de este domicilio, asistida por abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad del Municipio consistente de una, casa, de uso permanente, ubicada en la calle Los Tulipanes, casa s/n, sector Urbanística 2000, de El Tigre, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE : Con casa que es o fue de Alfredo Pérez; SUR : Con calle Los Tulipanes; ESTE: Calle Tamanaico que es su frente y OESTE: Con parcela ocupada.- Dichas bienhechurias consisten en una casa de techo de asbesto, paredes de bloques de cemento y piso de cemento, cinco ventanas tipo corredera, tres puertas metálicas, instalación de aguas blancas y negras, electricidad interna y externa, techo de platabanda, constante de tres habitaciones, dos baños con sus respectivos accesorios, una sala, un baño, un comedor, una cocina.- La cantidad invertida en dichas bienhechurias es de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MARIA DE JESUS REYES DE JIMENEZ ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA