REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, trece de agosto de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-001938
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana CARMEN HERNANDEZ DE FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 2.442.273, de este domicilio, asistida por el abogado WILFREDO CASTRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.863, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propiedad, en un terreno municipal, ubicado en la Calle La Florida Nº 52, Sector Las Villas, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, que mide aproximadamente 200 metros cuadrados alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con calle La Florida; SUR: Con Terrenos ocupados por la Sra. Luz Guevara; ESTE: Terrenos ocupados por la Sra. Graciela Guararisma, y, OESTE: Con terrenos de la Sra. Egdalia Marciales.- Dichas bienhechurias se encuentran conformadas por un inmueble (casa de habitación), constante de dos habitaciones, sala y cocina.- El valor invertido es la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bsf. 5.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos PEDRO ANTONIO FLORES y FRANK REINALDO PUERTA VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 6.326.871 y 10.936.636, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana CARMEN HERNANDEZ DE FLORES, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. KARELLIS C. ROJAS TORRES
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ