REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, catorce de agosto de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-001733
ASUNTO: BP12-S-2008-001733
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana: MARIA EDICTA SANCHEZ , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.030.527, domiciliado en La SÉPTIMA Carrera Norte Nº 17 Sector Pueblo Nuevo Norte de la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistido por la abogado EDILIA LIRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.731, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentaron a expensas propias con dinero de su propio peculio en un terreno de propiedad Municipal, construida en una superficie de terreno de Ciento Sesenta con Trece metros Cuadrados (160,13 Mts2) aproximadamente, siendo su área de construcción de Ochenta y dos con Sesenta y dos (82,62 Mts2) aproximadamente; cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Con Casa que es o fue de Greta Ojeda midiendo Seis con ochenta metros (6,80,00 Mts) aproximadamente; SUR: Con Séptima Carrera Norte, midiendo tres con quince más cinco con cincuenta y cinco Metros (3,15+5,55 Mts) aproximadamente; ESTE: Con casa que es o fue de Elinor Marín, midiendo Ocho mas veintiuno con Cincuenta Metros (8,00+21,50 Mts) aproximadamente.- Dichas bienhechurias consisten en una Vivienda Unifamiliar, construidas de paredes de bloques de cemento, friso liso, dos (2) ventanas tipo batiente, dos (02) puertas metálicas, instalación de aguas blancas, cloacas, electricidad interna y externa, techo de zinc, y piso de cemento pulido, a su vez subdividida de la siguiente manera: Tres (03) habitaciones, Un (01) baño con sus respectivas accesorios, una Sala, una (01) Cocina, un Comedor.- El valor invertido es por la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos IRIS JOSEFINA VASQUEZDE DANGLADES y EUCARIS JOSEFINA VASQUEZ DE GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 6.716.056 y 4.915.523, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MARIA EDICTA SANCHEZ, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abog. KARELLIS ROJAS TORRES
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ