REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-F-2007-000002

PARTE DEMANDANTE: OSWALDO ANTONIO PEREZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 2.747.561, de este domicilio.-
APODERADO: JOSE LUIS APONTE ROMERO: abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 86.821.-
PARTE DEMANDADA: NORIS JOSEFINA RODRIGUEZ: venezolana, mayor d edad, casada titular de la cédula de identidad Nº 8.402.564, de este domicilio.-

MOTIVO: DIVORCIO
Se inició el presente procedimiento en virtud de demanda de DIVORCIO, incoado por el ciudadano: OSWALDO ANTONIO PEREZ CONTRERAS, a través de su apoderado JOSE LUIS APONTE ROMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 86.821, contra la ciudadana NORIS JOSEFINA RODRIGUEZ, Mediante auto de fecha 12 de febrero de 2007, se admitió la demanda, ordenándose la citación de la parte demandada, para lo cual se comisionó al Juzgado del Municipio francisco de Miranda de esta Circunscripción Judicial.- Mediante diligencia de fecha 17 de abril de 2007, el abogado JOSE LUIS APONTE R., apoderado de la parte demandante, desistió del procedimiento y de la acción.-
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:
Consta de autos que fecha 17 de abril de 2007, el abogado JOSE LUIS APONTE R., apoderado de la parte demandante, desistió del procedimiento y de la acción.-
Constatadas de las actuaciones cursantes en autos que la parte que desiste del procedimiento y de la acción tiene legitimación procesal para ello, y no existiendo prohibición legal sobre la materia, ello es suficiente para que este Tribunal le de su aprobación.-
Por lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la HOMOLOGACION DEL DESISTIMIENTO formulado, se procede como en sentencia pasada con Autoridad de cosa juzgada conforme loº establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento civil.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre a los cuatro días del mes de agosto del año dos mil ocho.- Años: 198º de la Independencia Y 149º de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. KARELLIS ROJAS TORRES
LA SECRETARIA,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ,



En la misma fecha se publicó la anterior sentencia y se agregó al expediente Nº: BP12-F-2007-000002


LA SECRETARIA