REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, cuatro de agosto de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-M-2008-000055
ASUNTO: BP12-M-2008-000055
PARTE DEMANDANTE: SERVICIOS LAYMAR C.A, Sociedad Mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 27 de octubre de 1.994, bajo el Nº 41, Tomo A-76
APODERADOS JUDICIALES: ROSA ELVIRA FACENDO Y CARLOS CORVO SALAZAR, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 53.134 y 98.139, respectivamente.-
PARTE DEMANDADA: INTERNATIONAL CONSTRUCION ORGANIZATION C.A (ICO C.A), inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 21 de febrero del 2002, quedando anotada bajo el Nº 43, A-8 de los Libros que lleva dicho Registro.-
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA)
Se inició el presente procedimiento en virtud de demanda por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMARORIA), incoado por la empresa SERVICIOS LAYMAR C.A, Sociedad Mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 27 de octubre de 1.994, bajo el Nº 41, Tomo A-76, representada por el ciudadano Luís Arturo Parra, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.796.808, en su carácter de Presidente de la misma, asistido por el Abogado Carlos Corvo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 98.139, contra la empresa INTERNATIONAL CONSTRUCION ORGANIZATION C.A (ICO C.A), inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 21 de febrero del 2002, quedando anotada bajo el Nº 43, A-8 de los Libros que lleva dicho Registro.- Mediante auto de fecha 17 de abril de 2008, se admitió la demanda, ordenándose la intimación de la demandada.- En fecha28 de abril del 2008, el ciudadano Luís Arturo Parra, en su carácter de Presidente de la empresa Servicios Laymar C.A, otorgó poder apud-acta a los Abogado ROSA ELVIRA FACENDO Y CARLOS CORVO SALAZAR, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 53.134 y 98.139, respectivamente.- Mediante escrito presentado en fecha 08-05-2008 , los Abogados Zahorí Mago, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.658, en su condición de apoderada Judicial de la empresa Internacional Construction Organización (I.C.O.) C.A y el Abogado Carlos Corvo, apoderado Judicial de la parte demandante celebraron transacción en los términos señalados en dicho escrito, y solicitaron la homologación correspondiente.-
Constatadas las actuaciones cursantes en autos que las partes que celebran la transacción tienen legitimación procesal para ello, y no existiendo prohibición legal sobre la materia, ello es suficiente para que este Tribunal le de su aprobación.-
Este Tribunal por las razones expuestas, y por cuanto se evidencia la transacción celebrada en la presente causa, fue hecha conforme lo previsto en Nuestra Ley Adjetiva, contemplado en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, tal actuación se realiza conforme a derecho.
Por lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la HOMOLOGACION DE LA TRANSACCION celebrada, se procede como en sentencia pasada con Autoridad de cosa juzgada conforme lo establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento civil.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Transito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre a los cuatro días del mes de agosto del 2008.- Años: 197º de la Independencia Y 149º de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. KARELLIS ROJAS TORRES
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ,
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las doce y treinta de la tarde, se publica la sentencia y se agregó al expediente Nº: BP12-M-2008-00055.-
LA SECRETARIA
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