REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de agosto de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-003577
SENTENCIA

Vista la TRANSACCION suscrita por el ciudadano LUIS CALCURIAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.287.534, debidamente asistido por el abogado IVAN TAYUPO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 69.271, por una parte y por la otra, la empresa SOLDADURAS Y TUBERIAS DE ORIENTE, C.A (SOLTUCA), inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 07 de Diciembre de 1.992, bajo el No. 77, Tomo 100-A-Pro, representada por el abogado ERNESTO CARINI GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 41.413, en su carácter de apoderado judicial de la misma; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los cinco (05) días del mes de Agosto del dos mil ocho (2008).
El Juez,


Abg. Ángel G. Parra


La Secretaria,

Abg. Fabiola Perez
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,


Abg. Fabiola Perez