ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2008-000202
PARTE ACTORA: IGOR RAFAEL RORIGUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA 2020, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARMEN MARIA BLANCO
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy cuatro de agosto de dos mil ocho, siendo las 2:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, interpusiere el ciudadano IGOR RAFAEL RODRIGUEZ, contra la sociedad mercantil CONSTRUCTORA 2020, C.A.; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, aún cuando el ciudadano Alguacil procedió a realizar el llamado de Ley a las partes involucradas en la presente causa, solo compareciendo la representación judicial de la parte demandada, abogado en ejercicio CARMEN MARIA BLANCO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 80.980, según se evidencia de instrumento Poder cursante a los autos, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.
La Juez

Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,

Abg. Lourdes C. Romero H.

La Compareciente:

Seguidamente y en esta fecha se publico la anterior decisión, siendo las 2:33, p.m. Conste:
La Secretaria,


“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”