REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de agosto de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BH07-L-2005-000022
Vista la oportunidad en la cual se llevó acabo la Audiencia de juicio en fecha veintitrés (23) de julio del presente año, estando presente por la parte actora ciudadano BRIGIDO JOSE OLIVEROS RANGEL asistido de su abogado ALEXANDRA HERNANDEZ y por la parte demandada COMPAÑÍA ANONIMA TABACALERA NACIONAL a través de su apoderado judicial NELSON MATA AGUILERA, plenamente identificados, los mismos llegaron a un acuerdo transaccional el cual fue consignado en la presente causa en fecha 06-08-2008, constante de cinco folios útiles y un anexo; y por cuanto la presente Transacción es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea, expresada por las partes y los acuerdos alcanzados por los mismos no son contrarias a derecho; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, le imparte la Homologación correspondiente, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, asimismo acuerda expedir por secretaria las copias certificadas requeridas tanto del escrito transaccional como de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en el articulo 21 numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabo.. Cúmplase.-
La Juez,
Maria Auxiliadora Chávez Rodríguez. La Secretaria,
Abg.Mariby Yánez Núñez.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.-
La Secretaria,
Abg.Mariby Yánez Núñez.
|