En el día de hoy, Viernes veintidós (22) de Agosto de dos mil ocho (2008), siendo las once de la mañana (11:00 AM), el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se trasladó y se constituyó en compañía de dos (04) efectivos de la Policía del Estado Anzoátegui, Zonal Policial Nª 05, del Municipio Simón Rodríguez, por el tiempo que fuere necesario en la sede de la EMPRESA PERFORACIONES ALBORNOZ, C.A, ubicada en la Av. Mariño, Municipio San José de Guanipa, Edificio Albornoz, Zona Industrial, en compañía de la Abogada en ejercicio MAYRIN GUZMAN BRUCE, con número de Inpreabogado Nª 87.443, a los fines de practicar la presente MEDIDA INNOMINADA, decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre, relacionada con la Acción de Amparo Constitucional, incoado por la Abogada en ejercicio Mayrin Guzmán Bruce, en su carácter de Apoderada Judicial de la Empresa Perforaciones Albornoz, C.A en contra los Ciudadanos: HEDILBERTO FERNANDEZ, MARISOL GARCIA, ALEJANDRO Y OTROS, donde se decretó medida innominada contra los ciudadanos anteriormente identificados y a cualquier persona que impidan el acceso a la empresa. Seguidamente el Tribunal, procede a notificar a los ciudadanos: HEDIlBERTO FERNANDEZ Y MARISOL GARCIA, de la misión del Tribunal, quienes estando presentes en éste acto, la mujer manifestó que podía ser ARELYS, y que MARISOL podía ser cualquier persona. Seguidamente el Tribunal a los fines de darle cumplimiento a la presente comisión de Amparo Constitucional, y procede a ordenarles tal como lo indica la presente comisión, que cualquier persona que de manera física, que impidan el acceso a la empresa, PERFORACIONES ALBORNOZ, C.A y a su actividad productiva, desalojar dichas instalaciones. Acto seguido un grupo de las personas, anteriormente notificadas, informaron de que no se iban a mover del sitio de donde se encontraban. En éste estado, el Tribunal, procedió a conversar con las personas que se encontraban en el sitio, a los fines de que le dieran cumplimiento a la orden del Tribunal de manera voluntaria. Seguidamente los ciudadanos, quienes se identificaron como ALEJANDO HERNANDEZ, HEDILBERTO FERNANDEZ, RAGNAR ABERG FORNEY, Y MARISOL GARCIA, quienes no quisieron identificarse con números de cédulas de identidad, procedieron a informar al Tribunal, que se iban a retirar voluntariamente del portón, que da acceso a las instalaciones de la Empresa Perfoalca, pero que así mismo no iban a permitir, el acceso de los ciudadanos: ANA TERESA GIMON, RUBIN NEREIDA NAVAS, YUDITH ELIZABETH DE SANCHEZ, BELLORIN ENEILYS, y CARLOS GUARDIAN. En éste estado el Tribunal, les informa a los notificados, que la medida de Amparo Constitucional, es la orden a los ciudadanos: HEDILBERTO FERNANDEZ, MARISOL GARCIA, y ALEJANDRO HERNANDEZ, y a cualquier persona, que de manera física impiden el acceso a la empresa, y a su actividad productiva, pudiendo el Tribunal utilizar la fuerza física si ello fuese necesario, para así mantener el completo restablecimiento en las vías de acceso, que desalojen dichas instalaciones, utilizando la fuerza pública si esto fuere necesario, no podiendo condicionar la presente medida

innominada. Acto seguido el Tribunal, deja expresa constancia que todas las personas que se encontraban obstaculizando la entrada de las instalaciones de la empresa Perfoalca, procedieron a retirarse voluntariamente. Acto seguido el Tribunal habiendo cumplido con lo ordenado, se ordena el regreso a su sede principal, siendo las doce y cincuenta minutos de la tarde (12:50 PM), el Tribunal da por cumplida su misión. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR, ABG. LUISA VILCHEZ GARCIA, (Fdo Ilegible)
LOS NOTIFICADOS, MARISOL GARCIA, HEDILBERTO FERNANDEZ, ALEJANDRO HERNANDEZ, (Fdo Ilegible)
LA ABG. EJECUTANTE, ABG. MAIRYN GUZMAN BRUCE, (Fdo Ilegible)
LA SECRETARIA TITULAR DE LA SALA, ABG. DAISY MARQUÉZ YÁNEZ, (Fdo Ilegible)