En el día de hoy, Jueves siete (07) de Agosto de dos mil ocho (2008), siendo las (11:45 AM), el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se trasladó y se constituyó por el tiempo que fuere necesario, y acompañados por dos funcionarios de la Policía Municipio de El Tigre, un (01) Guardia Nacional, y el funcionario del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente, Municipio Simón Rodríguez del estado Anzoátegui, PEDRO RASSE, titular de la cédula de identidad N° 18.678.350, en un inmueble, tipo casa, ubicado en la Urbanización Virgen del Valle Manzana Q!, Parcela de Terreno N° Q1-17, Municipio Simón Rodríguez, del Estado Anzoátegui, en compañía de la Abogada en ejercicio VICTOR CORREA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 81.126, a los fines de practicar la presente ENTREGA MATERIAL, decretada por el Juzgado de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con número de Expediente en su Cuaderno Separado perteneciente al Tribunal de la causa Nª BN11-X-2008-000014, la cual está relacionada con el Juicio por DESALOJO, incoado por los ciudadanos: WILFREDO ANTONIO ROJAS DIAZ Y ENMA JOSEFINA RONDON DE ROJAS, contra la ciudadana: YUMILI PIRIZUELA. Seguidamente el Tribunal procede a informar a la ciudadana: GENESIS ROJAS, titular de la cédula de identidad, Nª 21.176.077, quien se encontraba dentro del inmueble donde se encuentra constituido el Tribunal, quien manifestó tener (15 años de edad) y ser hija de la ciudadana: YUMILI PIRIZUELA, de la misión de la Tribunal, es decir, se le participó a la niña, que en virtud de que no se encuentran sus padres en la vivienda, y que la misma manifestó encontrarse sola en el inmueble, es por lo que éste Tribunal se abstiene de la practica de la presente medida, informándole, que fijada nueva oportunidad para un nuevo traslado, el Tribunal dará fiel cumplimiento a la presente Medida, es decir, procederá a la entrega del inmueble libre de personas y bienes a la parte actora, aún cuando se repita las circunstancias, anteriormente señaladas en la presente acta. En éste estado interviene el Representante del Consejo de Protección, y expone: “Procedí a orientar a la ciudadana: GENESIS ROJAS, que por encontrarse sola en la vivienda, el Tribunal no procedió en ésta oportunidad, pero que de trasladarse nuevamente el Tribunal, la misma tenía que se cumplida, es todo”. Seguidamente el Tribunal, acuerda el regreso a su sede principal, siendo las (02:30 PM). Terminó, se leyó y conformes firman, menos la notificada.
LA JUEZ TITULAR, ABG. LUISA VILCHEZ GARCIA, (FDO ILEGIBLE)
LA NOTIFICADA, (FDO ILEGIBLE)
EL ABG. EJECUTANTE, ABG. VICTOR CORREA, (FDO ILEGIBLE)
EL CONSEJERO DE PROTECCIÓN, (FDO ILEGIBLE)
LA SECRETARIA TITULAR DE LA SALA, ABG. DAISY MARQUEZ YANEZ, (FDO ILEGIBLE)
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