REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes de Barcelona
Barcelona, 18 de diciembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-003555
ASUNTO : BP01-D-2003-000048
Por cuanto en fecha 15/12/2008,la Dra. ERIKA GARCIA, tomo posesión de este Tribunal de Ejecución, Sección Adolescentes, en virtud de que la Juez titular, Dra. Carlota Serrano se encuentra disfrutando de sus respectivas vacaciones anuales, es por lo que se aboca al conocimiento de la presente causa. Visto el escrito de fecha 12-12-2008 presentado por los ciudadanos SCARLET PETROCIONE D GIACOMO Y VICTOR MARTINEZ en su carácter de defensores del Joven Adulto WILLY RAFAEL MARTINEZ RONDON, donde solicita se otorgue a su representado permiso especial para reunirse con su grupo familiar durante los días de Navidad y año nuevo, este Tribunal de Ejecución ,tomando en cuenta por un lado, que el mencionado sancionado le fue impuesta una medida de PRIVACION DE LIBERTAD por el plazo de CUATRO( 04) AÑOS, por haberlo encontrado responsable en la comisión del delito VIOLACION , tipificado en el articulo 375 del Código Penal cometido en perjuicio MEISEIS KARINA NUÑEZ, faltándole por cumplir el lapso DOS ( 02) AÑOS NUEVE ( 09) MESES Y CATORCE ( 14) DIAS, este Tribunal observa que del informe evolutivo correspondiente al sancionado WILLY RAFAEL MARTINEZ, elaborado por el Equipo Multidisciplinario De La Seccion Adolescente del mismo no se de desprende elemento alguno que permita establecer la evolución de formación de valores, , sie bien es cierto el sancionado tiene apoyo familiar , el mismo niega constantemente y sin sentimiento de culpa haber cometido el delito por el cual fue sancionado, aunado a ello el cumplimiento en el plan individual no ha sido cumplido, en consecuencia se ACUERDA: Negar el permiso especial para asistir al lugar de residencia de su grupo familiar u solicitado al ciudadano WILLY RAFAEL MARTINEZ RONDON, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.183.672, toda vez que la finalidad del internamiento es para el fortalecimientos de los valores y la reinserción del sancionado y su adecuación a la convivencia con su familia y el entorno social, se ordena librar oficio al prenombrado centro y boleta de notificación a la Fiscal, El defensor y al Sancionado.- Cúmplase.-
LA JUEZ DE EJECUCIÓN, TEMPORAL
DRA, ERIKA GARCIA GONZALEZ
LA SECRETARIA
ABOG.MARALEX SANCLER
4:38 PM
Hora de emisión: 4:38 PM
Número de Boleta: