REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : BP02-V-2008-001318
Vista la Transacción presentada por ante este Tribunal en fecha 12 de Diciembre de 2.008, por el Dr. PEDRO LUIS PÉREZ BURELLI, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.942, procediendo en su carácter de Apoderado Judicial de la Institución Financiera Banesco, Banco Universal, C.A., parte actora, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES, por una parte, y por la otra parte el Ciudadano: FIGUEROA ORENCE ANDRES JOSÉ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.421.650, actuando en este acto en su condición de deudor principal, debidamente asistido por la Dra. BRENDAN GRANT LA BARRIE, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.953, este Tribunal, conforme a lo solicitado por ambas partes en dicho documento, HOMOLOGA la Transacción en los mismos términos por ellos convenidos, todo de conformidad con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y lo toma como Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
La Juez Suplente Especial,
Dra. HELEN PALACIO GARCÍA.-
La Secretaria,
Abog. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.-
HPG/Gledys.-
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