REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : BP02-M-2008-000171

Visto el escrito presentado en fecha 02 de Diciembre de 2.008, suscrito por la Dra. MARIBEL CALZADILLA, Abogada en ejercicio, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la Empresa ANDAMIOS ANDERSON DE VENEZUELA, C.A., y visto el contenido del mismo, este Tribunal conforme a lo solicitado en el presente escrito, HOMOLOGA dicho Desistimiento, en los mismos términos y condiciones por ellos descritos, todo de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y el archivo del presente expediente. Asimismo se ordena la devolución de los documentos originales solicitados. Así se decide.-
La Juez Suplente Especial.

Abog. HELEN PALACIO GARCIA.-
La Secretaria Acc.,

Abog. Maria Eugenia Yegres.-

HPG/luyanny.-