REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, quince de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-003088
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MALAVE QUIRINA DEL VALLE, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.976.230, domiciliada en la calle Orinoco, cruce con calle Comercio s/n Zuata, Municipio José Gregorio Monagas del Estado Anzoátegui, debidamente asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad municipal que mide (750Mts2).- Dichas bienhechurias consta de una casa con paredes de bloques y techo de acerolit, piso de cemento, cuatro habitaciones, un corredor, una sala, una cocina, una sala, un baño, ventanas de metal y un depósito.- El valor invertido es la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,oo).-Alinderada de la siguiente manera: Norte: Calle Orinoco.- SUR: casa de Rosa González.- ESTE: Calle Comercio y OESTE: Casa de Josefina Villarroel.- El valor invertido es la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MALAVE QUIRINA DEL VALLE, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA