REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diez de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-003195
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana INES MARIA GOMEZ CALZADILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 4.062.731, asistido por el abogado ARTURO CAMPOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 132.507, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propiedad, en una parcela de terreno de propiedad Municipal, ubicada en la 2da Calle del Sector El Chaparral, casa Nº 4-B, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Frente con 2da Calle del Sector El Chaparral, midiendo 16,70 metros, SUR: Fondo con casa que es o fue propiedad de Guillermo Farias, midiendo 16,70 metros; ESTE: Casa que es o fue propiedad de Carmen Maita, midiendo 26,55 metros, OESTE: Casa que es o fue propiedad de Maria Morales, midiendo 26,55 metros.- Dichas bienhechurias están conformadas por una casa construida con paredes de bloques frisadas, piso de cerámica, techo de zinc, constante de tres habitaciones, un baño, una sala-comedor, una cocina, con los servicios públicos, cercada totalmente de bloques.- El valor invertido es la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES (Bsf. 12.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos MILAGROS DE LOS ANGELES JIMENEZ ARISMENDI y MARIA CHIQUINQUIRA DEL SOCORRO MORALES BARBOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 18.513.843 y 12.100.330, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana INES MARIA GOMEZ CALZADILLA, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. KARELLIS C. ROJAS TORRES

LA SECRETARIA

LAURA PARDO DE VELASQUEZ