REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-005831

Por recibida la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, propuesta por la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Abogada MARY LOURDES FERRER, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.533, actuando en representación del niño XXXXX, hijo de la ciudadana GRISALIDA DEL VALLE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.067.472, domiciliada en el Sector El Viñedo, Invasión, Barcelona, Estado Anzoátegui, junto con los recaudos que en ella se mencionan toda constante de Ocho (08) folios útiles.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos.- Esta Sala de Juicio la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, literal “F”. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. SALA N° 01.


Abg. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.

LA SECRETARIA.


Abg. ORLYMAR CARREÑO.

SSFC/LETICIA C.